Estudios de Lingüística del Español | Vol. 48 (2024)
DOI: 10.36950/elies.2024.48.12
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Ideología y sociedad en el s. XIX: matrimonio y familia según el Diccionario Nacional (1846-48) de Ramón Joaquín Domínguez

Mercedes Quilis Merín

Universitat de València

ORCID: 0000-0002-9560-3298

Resumen

El Diccionario Nacional o Gran diccionario clásico de la lengua española (Madrid 1846-48) de Ramon Joaquín Domínguez permite conocer las relaciones sociales en el seno de la familia a finales del siglo XIX y la influencia de los roles de género en las prácticas lexicográficas de la época a través de sus definiciones. Para estudiar el grado de sesgo ideológico del Diccionario Nacional, se ha realizado la comparación de una muestra de noventa voces con la 9.ª edición del Diccionario de la lengua castellana (Madrid 1843) de la Real Academia Española, el Dictionaire National (París 1843-45) de Bescherelle y el Nuevo diccionario de la lengua española (París 1846) de Vicente Salvá, modelos de la lexicografía “normalizada” u “objetiva” de la época, a partir de una valoración integral de las obras en su contexto histórico y cultural. En las definiciones de los diccionarios se encuentra presente la moral social en el ámbito privado, especialmente en relación con la familia, el matrimonio y la conducta sexual, como un conjunto de creencias y valores asumidos e interiorizados, muy influida por el catolicismo y la Iglesia como institución, aunque, las perspectivas liberales sobre las relaciones familiares en la España del siglo XIX también desempeñan un papel esta conformación. El diccionario de Domínguez evidencia su ideología mediante una serie de recursos propios, pero también se encuentran numerosos ejemplos, con otros matices y menor o distinta carga ideológica, en los diccionarios de la Academia y de Salvá.

Palabras clave:

Ideología, Lexicografía, Siglo XIX, Sociedad, Matrimonio, Relaciones familiares.

Abstract

The Diccionario Nacional or Gran diccionario clásico de la lengua española (Madrid 1846-48) by Ramon Joaquín Domínguez provides insight into the social relations within the family at the end of the 19th century and the influence of gender roles on the lexicographic practices of the time through its definitions. To study the degree of ideological bias of the Diccionario Nacional, a sample of ninety words was compared with the 9th edition of the Diccionario de la lengua castellana (Madrid 1843) by the Real Academia Española, the Dictionaire National (Paris 1843-45) by Bescherelle and Vicente Salvá’s Nuevo diccionario de la lengua española (Paris 1846), models of the "standardized" or "objective" lexicography of the time, based on an integral evaluation of the works in their historical and cultural context. In the dictionaries' definitions, social morality is present in the private sphere, especially in relation to the family, marriage and sexual conduct, as a set of assumed and internalized beliefs and values, strongly influenced by Catholicism and the Church as an institution, although liberal perspectives on family relations in 19th century Spain also play a role in shaping it. Domínguez's dictionary evidences his ideology through a series of his own resources, but there are also numerous examples, with other nuances and a lesser or different ideological charge, in the dictionaries of the Real Academia and Salvá.

Keywords:

Ideology, Lexicography, 19th century, Society, Marriage, Family relations.

Introducción

El trabajo que presentamos forma parte de nuestra investigación en curso sobre los aspectos ideológicos del Diccionario Nacional o Gran diccionario clásico de la lengua española (Madrid 1846-1848)1 de Ramón Joaquín Domínguez. La existencia de definiciones lexicográficas subjetivas en el diccionario de este autor fue destacada por los primeros estudios que realizaron Casares (1969 [1950]) y Seco (2003 [1987b]) y en cierto modo han estigmatizado el diccionario, y simplificado su gran alcance en la lexicografía del siglo XIX, por conculcar el principio de objetividad lexicográfica al ofrecer sus opiniones personales en el cuerpo de la definición, aun cuando ya Seco advirtió que la presencia de la individualidad del autor, consciente y evidente, se reflejaba en un número de definiciones diluidas “en una masa de enunciados objetivos y normales” (Seco 2003 [1987a]: 297).

En la valoración de los aspectos ideológicos de los diccionarios hay que partir de la evidencia de que todo diccionario encierra una ideología y que es reflejo de una situación social y lingüística determinada ajustada a su época, como sobradamente ha sido puesto de manifiesto (Forgas 1999, 2007; Pascual y Olaguíbel 1992; Gutiérrez Cuadrado 2011; Calero Vaquera 2013; Rodríguez Barcia 2008, 2011, 2018). Más aún, en el caso de los diccionarios de épocas pasadas en la historia de la lexicografía parece más evidente este componente ideológico, ya que se observan desde la perspectiva presente, percepción que San Vicente, Garriga y Lombardini (2011: 11) instan a tomar con precauciones, extremando la lectura crítica de estas obras en su contexto histórico y lingüístico, en un mismo ambiente cultural, para establecer el grado de ideologización y su pertenencia a la ideología dominante o la transgresora. Como ya señaló Forgas (1999: 578), “el contenido de un diccionario puede entenderse, en su conjunto, como la explicitación de conceptualizaciones compartidas por los miembros de una cultura, como la norma social de una determinada época”.

Nuestro proyecto aspira a mostrar el contenido ideológico en el Diccionario Nacional de Domínguez en relación con la lexicografía monolingüe del español en los años centrales del siglo XIX con el propósito de establecer su alcance y su grado de subjetividad. Para ello, anteriormente nos hemos ocupado del tratamiento del léxico tabuizado y vergonzante (Quilis Merin 2014) y de los aspectos pedagógicos y moralistas del discurso médico en relación con la sexualidad decimonónica (Quilis Merin 2018)2. Nos proponemos ahora exponer los resultados del análisis del léxico que refleja aspectos sociales en el ámbito de las relaciones familiares y el orden social en la España del XIX, según la propuesta de valoración integral de las obras en su contexto histórico y cultural.

Metodología y corpus

Para obtener los datos y determinar el grado de ideologización en las definiciones del Diccionario Nacional frente a lo que se ha venido considerando la lexicografía “normalizada” u “objetiva” de la época, hemos procedido al contraste de esta obra con la 9.ª edición del Diccionario de la lengua castellana de la Real Academia Española (Madrid 1843). Esta edición, junto con el Dictionaire National de Bescherelle (París 1843-45), fue la base sobre las que confeccionó este diccionario. Asimismo, hemos examinado el Nuevo diccionario de la lengua española de Vicente Salvá (París 1846) por lo que supone este último como modelo y aplicación del principio de objetividad lexicográfica manifestado en su Advertencia del Adicionador y porque también se confeccionó sobre la misma edición académica. Cabe recordar que Salvá, en su Advertencia, ya criticaba las muestras de subjetividad en el DRAE 1843.

Para la citación de estas obras empleamos las abreviaturas (Dom.), para el Diccionario Nacional, y (Acad./Salvá), para el Nuevo diccionario de Salvá, ya que Salvá mantiene la definición de la 9.ª edición académica sobre la que marca sus adiciones entre corchetes. Esta citación simplificada permite presentar de forma unitaria ambos diccionarios. Además de ello, hemos consultado el Nuevo tesoro lexicográfico de la lengua española (NTLLE) y el Diccionario histórico de la lengua española (DHLE).

En cuanto al corpus, hemos delimitado un amplio conjunto de términos en torno a la realidad social en el ámbito concreto de la familia, unidad entendida como “microestructura social” según la denominación adoptada de Rodríguez Barcia (2008: 23), un corpus que abarca de forma amplia la institución familiar, el matrimonio, las relaciones entre sus miembros, así como los roles y los estereotipos de género, en particular los de las mujeres. En el trabajo no se expone la totalidad de términos consultados, solo aquellos que han resultado pertinentes y que pueden resultar representativos.

En relación con el análisis lexicográfico, Seco (2003 [1987b]) estableció en el diccionario de Domínguez tres tipos de definiciones subjetivas: las humorísticas, de carácter epigramático y caricaturesco; las ideológicas, en las que vertía sus opiniones sobre moral social y sus ideales políticos sin abandonar completamente el tono de burla en algunas de ellas, y las filológicas, con especial crítica a la labor de la Academia. Nos ocuparemos especialmente del segundo tipo en las que encontramos apreciaciones de tipo valorativo en la microestructura. En concreto, se hallan en la definición o la forma de definir, que se presenta bajo una carga de sanción, con ciertas calificaciones y comentarios que afectan a los comportamientos y roles de género que están evidenciando la ideología del lexicógrafo. Esta ideología pone de manifiesto una moralidad acorde con los principios y el mundo de las llamadas “buenas costumbres” de la época y de las normas culturales del momento (cf. Calero 1999, Rodríguez Barcia 2012). A través de ellos se descubren sus ideas en los términos definitorios y en aquellos elementos que muestran los juicios de valor en el uso de la adjetivación valorativa o ponderativa. Como se podrá comprobar, Domínguez parte generalmente de la definición del diccionario de la Academia e introduce abundante sinonimia, adjetivación valorativa y ponderativa en relación con los términos definidos.

El discurso moralista y la subjetividad en el diccionario de Domínguez

Cuando nos referimos a un discurso moralista en el Diccionario Nacional, nos ocupamos de aquellos casos en los que se presentan las ideas propias del redactor, la presencia del enunciador, su subjetividad, sus valoraciones y calificaciones sobre los valores morales en relación con los términos definidos y la transmisión de valores ideológicos en la definición e, incluso, la orientación definitoria hacia un discurso pedagógico (Quilis Merin 2018: 397). Domínguez ha sido considerado el “lexicógrafo romántico” por excelencia (Seco 2003 [1987a]) al enmarcar su obra en ideología liberal propia de historia española del siglo XIX, lo que, precisamente, para Gutiérrez Cuadrado (2011) es lo que se critica a su diccionario: la ausencia de neutralidad ideológica, y no de normalización lexicográfica en cuanto a la objetividad esperable.

No obstante, es necesario tener en cuenta en relación con la autoría del diccionario y de las definiciones propias de la “voz del autor” o del “yo enunciador” que el diccionario fue obra de un equipo de redacción dirigido por Domínguez como ya indicamos en otro estudio (Quilis Merin 2016: 59), y ahora corrobora el artículo de Iglesia Marín (2023). Aunque falta por precisar el grado de responsabilidad de sus integrantes en el resultado final de la obra, la ausencia de la mención de los colaboradores y la firma personal del diccionario nos permite atribuir la responsabilidad de la autoría a Domínguez como representante de los juicios, de las referencias y de presuposiciones y, en definitiva, de la ideología del diccionario en su conjunto.

Por otra parte, en cuanto a la normalización propiamente lexicográfica relacionada con el lenguaje empleado en la definición, en el diccionario de Domínguez el uso de la prosa vehemente y lírica empleada en la definiciones, su verbosidad (Casares 1969 [1950]) se considera asimismo una vulneración de la objetividad, y, aunque no es exclusiva de su diccionario, sí lo es en la intensidad con la que se utiliza en las voces examinadas. Este tipo de lenguaje en la definición ha venido arrastrándose hasta nuestros días, como señala Forgas (2011: 439), especialmente en los diccionarios académicos en los que el sujeto de la definición está relacionado con “la maternidad de la mujer, tan desproporcionadamente ensalzada en floridos juegos retóricos como despreciada y vilipendiada en varias definiciones académicas”. En el diccionario de Domínguez, en particular, se puede vincular con la orientación general del discurso moralizante y pedagógico relacionado con sus destinatarios en la sociedad de mediados del siglo XIX español. El lector tipo sería masculino, adulto, mesocrático, identificado con la cultura liberal y burguesa, como ya señalamos (Quilis 2018: 399), y estaría limitado por las propias tasas de alfabetización de mediados de siglo, de la que quedaba excluida la mayor parte de la población femenina con un 90 % de analfabetismo en 1860, según Nielfa (1991). Al margen de otros procedimientos, Domínguez establece una complicidad misógina de carácter humorístico en sintonía con este lector tipo masculino, y comparte con él un claro sesgo que incluye opiniones y puntos de vista, juicios de valor a modo de expansiones en la definición que podrían ser de su agrado.

Las cualidades morales de la mujer en el siglo XIX

El discurso moral en la sociedad española del siglo XIX corresponde a un nuevo modelo en la representación de los géneros: frente a los avances alcanzados por las mujeres y su penetración en los espacios y escenarios públicos, especialmente en el siglo XVIII, se produce ahora para ellas un retorno a lo privado, a lo doméstico, al hogar; en definitiva, a una reclusión que viene acompañada, según Folguera, de la exaltación de sus capacidades para “consolidar los valores de la domesticidad y la familia” (1997: 433). En efecto, como sintetiza Gómez-Ferrer, la fundamentación moral de la sociedad estaba sustentada en la mujer y en su función intrínseca, consistente en “formar buenos ciudadanos y cuidar física y moralmente de la familia, inculcándole los principios de la religión cristiana”, una función que era entendida como una auténtica misión; por esta razón, los discursos de carácter moral y religioso en los que se proponía “una mujer honesta, piadosa, sumisa y laboriosa, entregada generosamente al cuidado de la casa y la familia” (Gómez-Ferrer 2011: 27) tuvieron una enorme autoridad en la conformación de la mentalidad colectiva. También por ello, la moralidad de la mujer se concentró en los aspectos sexuales y en las pautas que debía seguir para la preservación de su castidad y de su honor y, muy intensamente, en el valor social que este tenía:

[…] el honor familiar tiene una doble vertiente; una de carácter social que deriva del estatus que transmite el varón, y otra de carácter moral que depende del comportamiento de la mujer. En consecuencia, el varón se sentirá responsable de las actitudes de su mujer, de su hija o de su misma hermana, ya que de su comportamiento depende el honor de la familia. (Gómez- Ferrer 2011: 29).

Este comportamiento en las mujeres se sostenía en la pureza como requisito para alcanzar el matrimonio y en la castidad como salvaguarda de su moralidad. De este modo, las mujeres debían contener sus impulsos para evitar la pérdida de la honra personal y el honor familiar. Para poder realizar una valoración del tratamiento de la moralidad femenina, entendemos la presencia de la moral, como plantea Rodríguez Barcia, en voces que remiten

[…] a un código, fijado por convención a través de la tradición y la cultura particular hispánica, de carácter privativo desde el punto de vista de la conducta, sobre todo las que manifiestan un tono represivo exacerbado ante determinados comportamientos, en muchos casos sexuales, así como determinadas valoraciones que impliquen la atribución de un valor implícito positivo o negativo a determinadas actitudes o comportamientos. (Rodríguez Barcia 2008: 59)

En la voz moral de los diccionarios comprobamos el cambio en el foco de la definición tradicional, que gira en torno a lo lícito o legal, a los términos éticos que expone Domínguez, tomada su definición del diccionario de Bescherelle (s. v. morale, tomo II, p. 565) y que corresponden a la filosofía, la política y la religión:

MORAL. […] || f. Facultad que trata de las acciones humanas en órden á lo lícito ó ilícito de ellas. || [El porte ó costumbres de una persona; y en este sentido decimos: es sujeto de muy buena moral.] (Acad./Salvá).

Moral, s. f. Regla de las costumbres o acciones humanas, basada en estos tres principios fundamentales: 1.ª la nocion del bien y del mal; 2.º el conocimiento del deber, ó sea, de la obligacion de hacer el bien y evitar el mal; 3.º la nocion de merito ó del demerito, ó sea, la firme creencia ó el convencimiento del que el que obra bien debe ser premiado, y el que obra mal debe ser castigado […]. (Dom.).

Y en el mismo sentido, la moralidad, referida a “la cualidad de las acciones humanas que las convierte en lícitas ó ilícitas” (Acad./Salvá) se contrapone a la idea de ser la “conciencia ó discernimiento moral […] para juzgar la bondad ó malicia de las acciones humanas” (Dom.). También resulta relevante que las voces inmoral e inmoralidad se incorporen en estas fechas en el DRAE de 1843 con el sentido de “lo que se opone a la moral ó las buenas costumbres”. El giro tendrá su importancia en la valoración y en los modos de definir los términos propios de la moral católica: en general, de la religión, de las buenas costumbres sociales que pueden orientar las conductas individuales hacia el buen comportamiento, y particularmente, de la designación de estas acciones en términos de vicios o de virtudes (Forgas 2002-2004), que se usarán en una modalidad valorativa como hiperónimos. En consecuencia con esto, Domínguez coloca la virtud en un estado de superioridad respecto de la moral:

Virtud, s. f. […] El hábito inclinación ó disposición del alma para las acciones conformes á la ley cristiana [hasta aquí (Acad./Salvá)] en órden á la bienaventuranza. En este sentido, los actos, emanados de la virtud son muy superiores a los que proceden de la sana moral; porque si la moralidad consiste en no hacer el mal y retribuir el bien que nos hagan, la virtud tiene por objeto hacer bien aun a costa de nosotros mismos, y lo que es mas á aquellos que nos han hecho mal. (Dom.).

En la representación de las mujeres del siglo XIX en los diccionarios del español de esta época3, Domínguez, en la entrada enciclopédica correspondiente a las Virtudes como deidades alegóricas, emite un juicio de valor al explicar que “La Pudicia, símbolo de la honestidad en acciones y palabras y pensamientos es la virtud que más favorece a las mujeres” (s. v. virtudes). También se refuerza el discurso sobre la correcta educación de las jóvenes vírgenes según los valores y normas del orden social esperables en ellas en la voz pudor. Pese a que en la segunda acepción emitan valoraciones “humorísticas”, se ofrecen las claves de la equivalencia entre el “honor de las mujeres” con el “pudor”:

PUDOR. m. Honestidad, modestia, recato, vergüenza honesta. (Acad/Salvá).

Pudor, s. m. Especie de reserva casta, vergüenza tímida y honesta como de inocencia alarmada; modestia ruborosa, pura y sin afectación, recato, honestidad: especialmente en las vírgenes ejemplarmente educadas || El honor de la mujer, por cierto, colocado en muy resbaladizo y vidrioso declive, en harta periculosa pendiente ocasionada a insubsanable fracaso, a irreparable desliz. (Dom.).

Del mismo modo, hay una clara diferenciación en la construcción social de la moral masculina y femenina, como se observa en la voz recato, “Cautela, reserva. || Honestidad, modestia” (Acad./Salvá), que se describe en Domínguez como “Pudor modestia, honestidad en las mujeres; cautela, reserva e introspección en los hombres. Esterior conveniente, proceder mirado, buen modo etc., en aquellas y en estos”. En el verbo recatar, asimismo, se añade una nueva acepción que permite reforzar esta diferencia en el caso de las mujeres: “Saber guardar ó conservar su pudor y su honra las mujeres, cuidar de ella con solícito afan y honesto modo etc.” (Dom.).

Las exigencias sobre la castidad, la exaltación de la pureza y la virginidad de las “jóvenes doncellas” tuvieron un referente en la figura de la Virgen y su culto. Como informa Ríos (2006: 192), “el culto a la Virgen contribuyó de un modo decisivo a crear a la mujer ideal […] La Virgen María encarnaba todas las virtudes y valores imprescindibles para la mujer honesta” y representaba la virginidad por excelencia, un ideal en el que se educaba a las jóvenes y que la moral de la época repetirá incansablemente. Encontramos huellas de este afán divulgador en el diccionario de Domínguez en una serie de ampliaciones respecto de las definiciones académicas entre las que destaca el propio concepto de virgen. Se incorpora una nueva acepción en la voz, como sustantivo femenino referido a las mujeres sin vinculación con el contenido religioso y con el empleo de elementos ponderativos (“sublime virtud”):

Virgen […] s. f. toda mujer que no ha tenido comercio carnal de ninguna especie, y rigurosamente hablando, la que ni de obra ni aun de pensamiento consentido ha faltado á la sublime virtud de la castidad. (Dom.).

Aun así, una vez más se deslizan comentarios humorísticos en otra de las acepciones de la voz: “Cualquiera monja ó religiosa por estar dedicada á Dios con voto de virginidad; lo cual hace que se les llame Vírgenes del señor, prescindiendo que de entre ellas como en todas las clases puede haber deslices y fragilidades humanas”, y con la adición de una nueva acepción figurada: “Fig. cualquier doncella púdica, interesante, honesta, especialmente en el lenguaje de la poesía”. Particularmente evidente es el caso del desarrollo correctivo a la definición académica de la voz casto, ta, en el que abundan los elementos apreciativos peyorativos:

Casto, ta, adj. Fiel observante del sesto precepto del decálogo. La Acad. dice: “Puro, honesto, opuesto a la sensualidad”; pero muy bien puede ser uno inclinado á la sensualidad, y ser casto, si sabe refrenar sus apetitos sensuales, combatiendo los lascivos ciegos impulsos de su viciada naturaleza, por medio de la religión y de la razón. (Dom).

La insistencia en esta exigencia y en el control sexual de las mujeres y su comportamiento se observa en las ampliaciones en algunas voces. En doncella, “La mujer que no ha conocido varón” (Acad./Salvá) Domínguez añade “conservándose virgen”. En honra, “Pudor, honestidad y recato de las mujeres” (Acad./Salvá), la ampliación de Domínguez refuerza la sanción social del comportamiento de las mujeres: “la buena opinión á que una mujer se hace merecedora si es honesta, pudorosa, recatada, etc.”. En pureza, “Castidad, especialmente la virginal” (Acad./Salvá), añade Domínguez: “La carencia de pecados ó desórdenes y vicios; integridad é inocencia de costumbres etc.”. En la voz Honestidad, “Honestidad, recato, pudor” (Acad./Salvá), la definición de Domínguez incorpora un verbo de obligación y una ampliación pedagógica:

Honestidad, s. f. […] Virtud que deben tener todas las mujeres que consiste en guardar y conservar el pudor, el recato, y en no ejecutar ninguna de aquellas acciones mas ó menos desenvueltas o licenciosas, que las envilecen a los ojos del hombre. (Dom.).

Por último, en el término honor “Honestidad y recato en las mujeres, y la buena opinion que se granjean con estas virtudes” (Acad./Salvá), la retórica lexicográfica de Domínguez lleva hasta términos de sacrificio victimario la pérdida de la virginidad: “El buen concepto de que gozan las mujeres honestas, celosas de la virtud, ó de conservar su virginidad hasta inmolarse en el lecho del himeneo tratándose de solteras”.

Con todo ello, las mujeres que se resistían a las seducciones y los cortejos de los hombres conservando su honra y su pureza, su recato y su pudor, les podían dar calabazas (s. v. calabaza) en caso de rechazar las relaciones, o hacer lo que la sociedad esperaba de ellas: querer casaca, una acepción incorporada por Domínguez, aplicable solo a aquellas que eran honradas: “Dícese de las mujeres honradas que contestan á las solicitudes de los amantes con el santo himeneo, con el altar y la coyunda eterna, sin querer entregarse de otro modo”, (s.v. casaca).

El matrimonio

5.1. El matrimonio en la España del siglo XIX es una institución esencialmente regulada por la Iglesia católica en la que los roles del esposo y de la esposa están perfectamente jerarquizados y responden a un principio de autoridad, y cuyo fin y razón de ser es la procreación. Así, la esposa debía mostrarse fiel al marido y subordinada a él, pero también, según García Fernández, “se quiere buscar que ésta cumpla con un determinado comportamiento que impida los excesos y su promoción fuera del hogar. Por ello, se dará gran importancia a valores como el recato, la decencia, el mantenimiento de la reputación femenina y el placer por el hogar doméstico” (2014: 119). Por otro lado, hay que tener en cuenta que el único matrimonio válido entre 1564 y 1870, fecha en la que se pone en vigor la ley del matrimonio civil, es el eclesiástico que se rige según las disposiciones establecidas en el Concilio de Trento y, por tanto, el derecho canónico regulaba las condiciones para contraerlo y las obligaciones de los cónyuges (Folguera 1997: 425, Ten 2023: 95). Así se presenta el orden de las acepciones de la voz matrimonio en Salvà:

MATRIMONIO. s. f. Uno de los sacramentos de la Iglesia, instituido para santificar el contrato matrimonial. || Contrato que se celebra entre hombre y mujer por mutuo consentimiento externo, en que da el uno al otro potestad sobre su cuerpo. (Acad./Salvá).

En el diccionario de Domínguez, por su parte, se desarrolla una expansión acorde con los principios religiosos, el discurso eclesiástico y la teorización religiosa de la institución situada por encima de las consideraciones civiles, y también de la clara especificación de la finalidad del matrimonio establecida por la Iglesia: la procreación. Al referirse al matrimonio civil se registran apreciaciones negativas, “no es más que un contrato civil”:

Matrimonio, s. m. Unión indisoluble, vinculo sagrado, lazo espiritual entre varon y mujer, celebrado por medio de un contrato, y con todas las ceremonias que la iglesia tiene prescritas. Además de haber sido elevada a sacramento esta union, representado así la de Jesucristo con su iglesia, puede también ser considerada como institucion de transcendentes fines, puesto que es la base de la sociedad, teniendo por objeto la reproduccion de nuestra especie y la educación de la prole habida por los contrayentes. En algunas naciones, el matrimonio no es mas que un contrato civil. || Nombre del septimo sacramento de la iglesia para santificar la union legítima de varon y mujer. || Contrato celebrado entre hombre y mujer por mutuo consentimiento externo: el casamiento ó acto de verificar el referido contrato. (Dom.).

5.2. Esta misma presencia de los principios religiosos de la unión matrimonial se aprecia en las correcciones de Domínguez a la definición de esposo, sa, en la que añade la condición de sacramento a la definición de Salvá, “comúnmente se da el mismo nombre á los ya casados in facie Ecclesiae” (Dom.), y también, en la incorporación de una primera acepción en la voz casado, da, como sustantivo y adjetivo que no existía hasta el momento. Y en cuanto a la macroestructura, se puede destacar la entrada del término cónyuge (Salvá) y cónyuges (Dom.) como voz de especialidad jurídica. Junto con otras denominaciones, se registran en Domínguez algunas con la marca familiar de tipo humorístico para las mujeres, como “La conjunta: La mujer, la costilla, la consorte, etc.” (s. v. conjunto), o costilla. “Mujer propia [(Acad./Salvá)], por alusion á la circunstancia de haberse formado de una costilla del hombre”, donde se produce la expansión didáctica. Más interesante es la nueva acepción en la lexicografía del XIX, específica en género femenino para compañera:

Compañero, ra, f. Nombre que se le da por antonomasia a la esposa, con respecto de su marido, por estar ligada a él con indisolubles lazos, participando directamente de su fortuna ó desgracia, de sus goces ó penas, de sus placeres ó dolores. La Acad. no tiene compañera, porque harían malas migas dos hembras juntas. (Dom).

Al margen de la oración final en la que encontramos la crítica filológica a la Academia por la ausencia de una acepción y valoraciones misóginas, esta incorporación de la voz compañera es un reflejo de la relación entre los hombres y las mujeres que correspondía al pensamiento liberal:

El esquema liberal y republicano, a pesar de los principios referentes a la libertad e igualdad de su ideario, confinaba a las mujeres al espacio privado, pero a diferencia de lo que ocurriera en siglos anteriores […] el discurso liberal la elevaba a la categoría, aparentemente no política, de compañera, y no esclava del hombre y la revestía de una influencia determinante como hacedora de costumbres (Gómez-Ferrer 2011: 19).

5.3. En el Diccionario de Domínguez también se evidencia el escepticismo sobre el amor y el enamoramiento en el matrimonio y su breve duración, limitada a los primeros años, en las nuevas acepciones de luna y vínculo, en las que se deja ver el tono pesimista, sentencioso y admonitorio, desarrollado también en otras voces como casado, da:

Luna de miel, el primer mes (y cuando mas el primer año) de matrimonio, en que todo es delicias, condescendencias, reciprocidades, armonía y placer para los recien casados (se entiende si disfrutan conveniencias); luna que dében esplotar con avidez, pues sobrados desengaños les reserva el porvenir. (Dom. s. v. luna).

Vinculo de flores. El himeneo poéticamente considerado por la luna de miel de los pobres tontos que se someten voluntariamente á la sagrada coyunda matrimonial. (Dom. s. v. vínculo).

5.4. En el caso de transgresión legal del matrimonio por bigamia y poligamia, encontramos lematización separada por género en Salvá, bígama y bígamo, con un cambio en el orden de las acepciones para registrar la más común, que corresponde a la bigamia como “El estado de un hombre casado con dos mujeres al mismo tiempo, ó de la mujer casada con dos hombres [Tal es el uso más común de esta voz]” (Salvá). Domínguez, por su parte, introduce calificativos negativos en su definición y manifiesta su condición de delito: “El estado anormal é ilegítimo de un hombre casado con dos mujeres á un mismo tiempo, ó de una mujer casada con dos maridos. El delito en que incurre cualquiera que vuelve á casarse no estando viudo aun […]”. En su diccionario registra la voz bígamo con un descriptor en el que hace al sujeto responsable de un delito, por una parte, y, por otra, se verifica que es una voz aplicable a los varones, al aceptar el femenino bígama como un término que “no está en uso”; en este sentido, contamos con documentación aportada en el DHLE para la atribución histórica de la bigamia “especialmente al hombre” desde 1275 (s. v. bigamia).

Bígamo, m. Culpable de bigamia. El que se casa viviendo su primera consorte. Por esta misma razón no encontramos inconveniente en llamar bígama á la mujer que se case viviendo todavía su primer marido, pero esta voz no está en uso. (Dom.).

Para el segundo término, una de las acepciones de polígamo, “casado sucesivamente varias veces”, se encuentra en las obras lexicográficas desde el Diccionario de autoridades, como se informa en el DHLE (s. v. polígamo, ma); sin embargo “a mediados del siglo XIX los lexicógrafos V. Salvá (1846) y R. J. Domínguez (1847) ponen de relevancia que este sentido de la palabra les es completamente desconocido”, y así, Domínguez da rienda suelta a sus correcciones filológicas a la Academia en ambas voces, polígamo, ma y polígama.

5.5. Las definiciones que acompañan a las voces que hacen referencia a las relaciones sexuales en el matrimonio refuerzan las conductas honorables y la sexualidad contenida en las relaciones maritales, lo que Ríos (2006: 198) denomina “el casto lecho”, siempre dentro de los principios de la Iglesia católica, para la que la sexualidad constituía “un mal que era necesario, que solo debía aceptarse como un medio para la procreación y la formación de familias, pero siempre desde la regulación católica y la observancia eclesiástica” (Crespo 2015: 183). El requisito se extendía también a la mujer casada, quien debía “seguir manteniendo en la medida de lo posible la castidad y la moralidad sexual indicada” (Crespo 2015: 183) y estuvo también regulada por los tratados médicos e higienistas de la época (Fernanda 2007). Estos principios se encuentran en las precisiones de Domínguez en la voz castidad sobre la “virtud moral y cristiana”, la inclusión de una nueva acepción para la castidad absoluta y la amplia explicación que sustituye a la definición imprecisa de la Academia y Salvá en la castidad conyugal con una redacción inequívoca (“desordenados apetitos sensuales”) con los límites que imponen la naturaleza y la religión. También se encuentra desarrollado en Domínguez el suplemento omitido de la definición académica de débito conyugal:

CASTIDAD. f. La virtud que se opone a los afectos carnales. Castitas. || –conyugal. La que se guardan mutuamente los casados. Conjugalis castitas. (Acad./Salvá).

Castidad, s. f. Virtud moral y cristiana, que consiste en reprimir y moderar los apetitos sensuales de la carne. || Castidad absoluta: refrenamiento de todos los afectos carnales, aun de aquellos que son permitidos á la persona casada || conyugal: refrenamiento de los desordenados apetitos sensuales, entre dos personas ligadas por el matrimonio, siguiendo únicamente los impulsos de la naturaleza con arreglo á las leyes de esta, y de la religión. (Dom.).

[DEUDA] O DÉBITO CONYUGAL. La recíproca obligación que hay entre los casados. Conjugale debitum (Acad./Salvá, s. v. débito).

Débito = Conyugal; la obligación recíproca que tienen los casados, de satisfacerse los apetitos lícitamente sensuales. (Dom.).

Salvá había adicionado ya al diccionario de la Academia una acepción en la voz matrimonio referida al matrimonio consumado, “El de los casados que ya se han pagado el débito conyugal”, que sí estaba presente en Domínguez con una adición en la que se insistía en los aspectos reglados, civil y religiosamente para las relaciones sexuales dentro del matrimonio: “aquel en el que los dos esposos se han pagado el débito conyugal, posteriormente a las formalidades o requisitos civiles y religiosos”. En consumar el matrimonio, Salvá ofrece una definición circular que evita el asunto tabuizado (“Tener los legítimamente casados el primer acto en que se pagan el débito conyugal”), y, en el caso de Domínguez, de forma más directa y explícita, “celebrar el primer acto carnal entre marido y mujer”.

5.6. En la sociedad española de mediados del siglo XIX existía un colectivo muy numeroso de mujeres solteras respecto de las casadas y viudas. Los datos que aporta Folguera (1997: 421) sobre el censo de 1860 exponen que sobre un total de la población de 15.673.536 habitantes el colectivo de mujeres solteras era de 4.343.158 frente a 2.862.015 de casadas y 702.800 de viudas, a lo que se añade un dato muy significativo sobre:

[…] el elevado número de mujeres solteras en el grupo de edad comprendido entre los 31 y 40 años: 1.174.156 mujeres, muy similar al número de los hombres, lo que […] supone un grave problema social de difícil resolución en una sociedad en la que la única profesión válida para las mujeres es la de esposa y madre.

En efecto, bajo la voz estado, “la clase o condición de cada uno, conforme á la cual debe arreglar su género de vida”, en todos los diccionarios se registra también la locución dar estado, “Colocar el padre de familias, ó el que hace sus veces, á los hijos en el estado eclesiástico ó de matrimonio” (Acad./Salvá). En Domínguez, se añade la acepción específica para las mujeres, “Casar alguna hija”, como también se precisa en el adjetivo casadero, ra, que se aplica “especialmente a las mujeres nubiles”. El problema de la soltería de las mujeres queda reflejado en el estado-honesto que, en relación con lo expuesto anteriormente en cuanto a la honestidad, equivale a “el estado de soltera” (Acad./Salvá). Domínguez rehace la definición del estado-honesto con una expansión en la definición, en su tono humorístico e irónico, crítica con la virginidad de las mujeres, siempre bajo sospecha: “el estado de doncella ó mujer nubil no tocada por hombre, al menos en la opinion de las gentes, que de ocultis non judicat Eclesia, ni se compromete á tanto la definición”. No podemos dejar de relacionar directamente el dato demográfico sobre las mujeres solteras con la introducción del término incasable en el diccionario académico de 1842: “El que no puede casarse. Dícese también del que tiene gran repugnancia al matrimonio”. En esta ocasión es Salvá quien adiciona la especificidad del término con una aplicación restringida a las mujeres “[dificil de casar o colocar: dicese de las solteras de mucha edad, de las que carecen de hermosura y dote, o de las que se han hecho despreciables por su mala conducta]”, y que muestra las limitaciones sociales sobre edad, belleza, dinero o conducta impuestas a este numeroso colectivo femenino.

No obstante, las diferencias en la consideración social de las solteronas y solterones muestra un distinto tratamiento, más duro e implacable cuando se refiere a ellas –dado que las consecuencias de la soltería eran peores en su caso, ya que seguían manteniendo su dependencia absoluta–, mientras que resultaba más benevolente con ellos, al igual que se puede observar en la prensa del momento (Crespo 2015: 228). Anotamos aquí que el término solterón, cuya primera documentación se encuentra en Terreros (“por lo comun, se dice en Cast. del hombre ya de edad que no se ha casado”), se incorpora a la lexicografía de la Academia en la 9.ª edición del diccionario con el lema solteron, na, con variación de género (“el soltero adelantado en años”), y la voz celibaton que entra con Salvá (“m. fam. El hombre de edad provecta que se mantiene soltero y no piensa casarse”). Domínguez formaliza en solterón, na una acepción propia para el género femenino que evidencia las disparidades entre la potencialidad para verificar el matrimonio siempre presente en los varones (como también se ve en soltero, ra) y la pasividad en el caso de las mujeres reflejada en la forma verbal “quedarse”:

Solteron, na. s. El soltero que, á pesar de tener edad mas que suficiente para contraer matrimonio, aun no lo ha verificado. = f. La mujer que se queda por casar. (Dom.).

Soltero, ra. s. El que ni es ni ha sido casado pero que puede serlo cuando le plazca ó le convenga, etc. (Dom.).

Que en los varones este estado depende de su voluntad, se percibe también en las marcas de género (s. m.) en celibato o en célibe, pese al empleo del epiceno persona:

CELIBATO. m. El estado de soltero. || Fam. La persona que no ha tomado estado de matrimonio y aun puede tomarlo. (Salvá).

Celibato, s. m. El estado de soltero. || Fam. El sujeto que no se ha casado, aunque en disposición de hacerlo cuando quiera. (Dom.).

CÉLIBE m. Celibato ó soltero (Acad./Salvá).

Célibe, s. y adj. Celibato ó soltero; la persona que no ha contraído matrimonio, y aun puede contraerlo. (Dom).

En el caso de las mujeres solteras se registran apreciaciones peyorativas sobre todo referidas a su edad: doncellueca, “la doncella entrada ya en edad” (Acad./Salvá), doncellona, “La soltera entrada ya en edad, que se queda sin casar ó para vestir imágenes” (Salvá)4, que para Domínguez es “la doncella jamona ó talluda”. También el apelativo niñas en plural (s. v. niño, ña): “p. And. La mujer soltera, aunque tenga muchos años” (Acad./Salvá), y “prov. de Ar. La mujer soltera, aunque cuente más años que Matusalen” (Dom.). E incluso Salvá registra denominaciones jocosas para las que, finalmente, lo consiguen pese a todos estos obstáculos: doncellidueña, “s. joc. la doncella que se casa teniendo muchos años”.

Por otro lado, los tres diccionarios muestran ciertas desigualdades en el tratamiento de los viudos y las viudas. Estas voces aparecen en lemas separados y hacen referencia al estado tras la muerte del cónyuge hasta que se produzca un nuevo matrimonio, precisión muy importante en el caso las viudas dada su situación de desprotección en la sociedad decimonónica en relación con los aspectos legales de su estado y de la posibilidad de obtener una pensión y mantenerla en el tiempo (Gacto 2013: 47-53):

Viudedad, […] La asignacion, pension, porción de alimento, ó la cantidad anual de dinero ú otra cosa que se le asigne á las viudas para su subsistencia y que les dura el tiempo que permanecen en tal estado. (Dom.).

Con todo, es posible destacar una nueva acepción de viudo en Domínguez que muestra el alcance de la fraternidad masculina en la sociedad decimonónica: “Dícese tambien de los hombres cuando les falta la compañía de algun buen amigo etc.”. Al tiempo, la desigualdad se encuentra también en la voz viudita, un diminutivo sin equivalente masculino en la lexicografía española que está ya presente desde el Diccionario de autoridades, que era usado “en estilo familiar por la viuda moza” (Acad./Salvá) o la “viuda joven ó de verdes años” (Dom.).

La familia

6.1. El reflejo ideológico del concepto de familia como fundamento de la sociedad y del orden social y los cambios que supone el paso del modelo familiar de familia extensa del Antiguo Régimen al modelo decimonónico de familia conyugal presenta un caso interesante en la lexicografía del XIX en la propia voz familia, observable al contrastar las definiciones del Nuevo diccionario Salvá con las del Diccionario Nacional de Domínguez, ya que son claramente disímiles en la forma y en el fondo. La definición en los diccionarios académicos desde Autoridades presenta las siguientes acepciones:

FAMILIA, f. La gente que vive en una casa debajo del mando del señor de ella. Familia || El número de criados de alguno, aunque no vivan dentro de su casa. Famuli, servi. || La rama de alguna casa ó linaje. Stirps, genus. || … || Parentela inmediata de alguno. Cognatio. (Acad./Salvá).

En ellas se observa el orden etimológico y la significación genérica de ‘sumisión bajo el control o potestad de una persona’, tanto de criados como de parientes, con un rasgo de ‘pertenencia’ propio de los modelos patriarcales tradicionales. El sesgo ideológico y la autoridad “del señor” en el caso de las antiguas definiciones de familia, como estudia Pablo Núñez (2011), concuerda con lo analizado por Calero Fernández (2002: 88) sobre la visión implícita del mundo en el DRAE desde una óptica masculina. Frente a ello, la definición en el diccionario de Domínguez ofrece un importante cambio en la perspectiva:

Familia, s. f. Nombre genérico estensivo á toda la humanidad; nombre específico parcialmente concretado á sus distintas sociedades públicas: nombre privativo de sus innumerables sociedades domésticas; en este último sentido figura mas que en los precedentes, y se puede considerar bajo algunos aspectos, segun la diversidad de reuniones privadas; así es familia un matrimonio con hijos ó sin ellos, con criados ó sin criados; es familia la gente que vive en una casa, á las órdenes de alguna persona que hace de jefe ó cabeza; es familia el número de servidores, domésticos ó criados de algun señor ó señora, de algun amo ó ama, vívan ó no en el mismo domicilio, bajo el mismo techo: es familia el número de parientes de una misma rama, mas ó menos directamente relacionados, aunque no se tráten, ni se conózcan, ni sépan unos de otros siquiera: porque las relaciones de sangre son las que constitúyen propiamente lo que se llama familia dándose á esta voz muchas acepciones por estension familiar ó por costumbre social. […] || Parentela inmediata de alguno. (Acad.) No por esto se crea que la no inmediata deja de ser familia ó parte de ella. (Dom.).

Por su alejamiento del modelo académico y del de su propio diccionario bilingüe, el Diccionario universal francés-español y español-francés (1843-45), hemos constatado que el modelo del artículo lexicográfico de esta voz se encuentra en el Dicctionaire national de Bescherelle, en la voz famille (tomo I, p. 1229). No obstante, el artículo en Domínguez es netamente original en su composición, ya que traslada la séptima acepción de Bescherelle, “S’étend quelquefois à toute l’humanité. La grande famille des hommes. Les hommes composent ensemble une même famille. (La Bruy)”, al primer lugar del primer enunciado, estableciendo una jerarquía en las acepciones que van de lo genérico, la humanidad, a lo específico, las sociedades públicas, y de este a lo privativo, las “sociedades domésticas”, donde se encuentra el verdadero sentido contemporáneo de la palabra y que adopta el descriptor ‘sociedad’ en lugar de ‘pertenencia’.

Asimismo, la jerarquización de las acepciones en el ámbito de lo privado desplaza el nuevo sentido de familia, el más restringido y el más usado en la sociedad decimonónica, al primer lugar “un matrimonio con hijos ó sin ellos, con criados ó sin criados”, ampliando así la concepción del núcleo familiar que se encuentra en Bescherelle en la segunda acepción: “Dans le sens le plus restreint et le plus usité, Societé composée d’un homme, de sa femme et de ses enfants”, y poniendo como foco la unión matrimonial al margen de si tiene o no descendencia. El resto de las acepciones se establecen en el mismo orden académico. Sin embargo, llama la atención la abundancia de duplicaciones como “señor ó señora”, “amo ó ama”, así como del uso de genéricos como “matrimonio”, “persona que hace de jefe ó cabeza”, que tampoco están presentes en su modelo francés. En definitiva, lo destacable es la presentación del nuevo modelo conyugalista: la familia que está constituida por un matrimonio, con o sin hijos, que corresponde a lo esencial de la institución, el fundamento de la familia y la célula primordial de la sociedad del nuevo orden liberal-burgués (Ríos 2023: 328).

6.2. Al margen de las conocidas desigualdades en la definición en la pareja de palabras padre/madre en la tradición lexicográfica académica y no académica (Forgas (2017) en las que se tiene en cuenta el sexo de respectivos referentes (“el que engendra o procrea otro ser”, “la hembra que ha parido”) sobre las que no nos vamos a detener, nos interesan aquí otros pares léxicos que permiten analizar el tratamiento de los roles de género y si se consideran o no equivalentes, además de manifestar sus implicaciones de tipo social y el mantenimiento, fijación o modificación de sus significaciones.

En primer lugar, la definición de padre de familia o de familias como “La cabeza de la casa y familia, que la rige y la gobierna, tenga ó no tenga hijos” (s. v. padre), y su equivalente, madre de familias, “la mujer que vive en su casa honestamente aunque no tenga hijos” (Acad./Salvá s. v. madre). Es una definición que conserva el significado tradicional de la materfamilias que proviene del Derecho romano (Salazar 2012) como ‘mujer unida al paterfamilias, bajo su potestad y propiedad, aunque no tenga hijos’. En Domínguez se prescinde de la formulación tradicional y se define en consonancia con una formulación consecuente con la definición genérica de madre: “La mujer casada y con hijos”.

En segundo lugar, la pareja paternidad/maternidad: paternidad, referida al ‘estado o cualidad’ de padre, frente a maternidad, que presenta una carga ideológica en su ejemplificación al vincularla con dogma mariano de la virginidad “estado ó calidad de madre. Tiene uso hablando principalmente de la Virgen María; y así se dice: la maternidad no destruyó en María la virginidad” (Acad./Salvá). En la definición de Domínguez la disimilitud se halla en que no se trata de un ‘estado o cualidad’, sino de algo contingente: “la circunstancia de ser madre”.

El tercer caso afecta a paternal/maternal: es en la ejemplificación de Domínguez, no presente en Salvá, donde se resaltan los valores positivos que se esperan en la sociedad decimonónica acerca del comportamiento de los padres en el nuevo modelo familiar: “maternal es mas usado para calificar los afectos ó los sentimientos propios de una madre, ó las acciones que de estos procéden, etc. como amor, cariño, acento maternal; ósculo maternal, bendición maternal, etc.” y paternal, “propio del padre, así se dice cariño paternal, corazón paternal”.

En cuarto lugar, contamos con el estudio de Costa (2019) para el par madraza/padrazo sobre el sistema de ideas acerca de las funciones de los hombres y mujeres en el ámbito familiar:

MADRAZA. f. fam. Madre muy condescendiente y que mima mucho á sus hijos. (Acad./Salvá).

Madraza, f. La madre bonachona ó condescendiente con sus hijos, que los mima mucho y les satisface todos sus gustos ó deseos”. (Dom.).

PADRAZO, m. aum. de PADRE. || Padre muy indulgente con sus hijos. (Acad./Salvá).

Padrazo, s. m. aum. de PADRE || Padre muy cariñoso é indulgente con sus hijos. (Dom.).

Como expone Costa, las definiciones evidencian dos comportamientos en el seno de la familia. En padrazo, no solo el cariño, sino también la indulgencia supone, según la definición de Domínguez, que es “fácil de perdonar y disimular los yeros ó conceder gracias” y está intensificado con el adverbio muy. Frente a esto, en madraza se exaltan las cualidades de la madre: aunque su bondad lo es con exceso, bonachona, el término mimar, ‘tratar con excesiva condescendencia’, es lo que hacen las madres y no los padres.

Para terminar, se muestran también desigualdades en la pareja madrastra/padrastro en su acepción metafórica, esto es, aplicada al padre o la madre que se conducen como tales, en la que Domínguez da una caracterización precisa de los comportamientos específicos para las madres (“Fig. Madre cruel para con sus hijos; que no les profesa afecto, ó que los abandona etc.”), mientras que ofrece ninguna del comportamiento de un mal padre como padrastro.

6.3. Uno de los aspectos sobre los nuevos roles de las madres y las exigencias de la maternidad de mediados de siglo en el nuevo modelo familiar es el que atañe a la crianza y, en particular, a la lactancia materna. Como ha demostrado Crespo (2015: 306-311), constituyó un tema recurrente en la prensa decimonónica, donde se orquestó una campaña muy contundente a favor de la lactancia materna y en contra de las amas de cría, desarrollando un alegato continuo contra la costumbre muy extendida entre las familias acomodadas de emplear nodrizas. Se afirmaba que, junto con las parteras y las comadronas, eran las principales causantes de la alta mortalidad infantil del momento, hecho que se pone en relación con las corrientes médicas e higienistas de la época, en sintonía con las moralistas, que “se convirtieron en los verdaderos adalides de esta cruzada que pretendía volcar a la mujer en la vida hogareña y en la crianza de sus hijos”. (Crespo 2015: 307). Se llegó a hablar incluso de “lactancia mercenaria”, con un componente de prevención sobre las cualidades higiénicas, físicas y morales que debían reunir:

Los médicos que señalaban repetidamente el riesgo de dejar a los recién nacidos en manos de mujeres deficientemente alimentadas, y que, por su falta de higiene, en muchas ocasiones eran transmisoras de enfermedades infecciosas. En la mayoría de los casos, se trataba de madres abandonadas que procedían de Asturias, Galicia o las montañas de Santander. Estas mujeres por lo común estaban malnutridas lo que redundaba directamente en la salud y el estado general del recién nacido. (Folguera 1997: 426).

Contamos en el Diccionario Nacional con una caracterización exacta de esta figura en una descripción grotesca y con elementos peyorativos (“corpulentas y tetudas hembras racionales”), con crítica social en expresiones irónicas sobre sus costumbres y su moralidad (“casadas y por casar”) en plena sintonía con el resto de discursos médicos y periodísticos en contra de las nodrizas:

burra, s. f. Fig. vulg. […] La mujer muy negada, rústica, idiota. = de leche. La pasiega ó ama de cria. Dáseles este nombre en Madrid á las corpulentas y tetudas hembras racionales, casi todas procedentes del valle de Pas y montaña de Santander, cuyas santas patriarcales costumbres surten á la corte de robustas nodrizas casadas y por casar. (Dom.).

6.4. El modelo jerárquico familiar establecía unas claras relaciones de poder en la esfera familiar y en el seno del matrimonio en el que el lugar subordinado y dependiente de las esposas a la autoridad del marido era lo correcto moral y socialmente. Para Sánchez Durá (2023: 225) se trata de “construir un lugar apropiado para las mujeres, para las madres, las esposas, las hermanas, las hijas, las solteras”, una presión social en todos los frentes, religiosos, morales, políticos y médicos para llevar adelante la “contrarrevolución” de los hombres, los maridos, los padres, y resituar a las mujeres en los límites de lo privado. Así, la mujer debía realizar solo las labores que le correspondían en su esfera familiar, como muestra la restricción de sus funciones solo de “las cosas que le pertenecen” como mujer de su casa: “la que tiene gobierno y disposición para mandar y ejecutar las cosas que le pertenecen, y cuida de su hacienda y familia con mucha exactitud y diligencia” (Dom. s. v. mujer)

Por ello, también en el diccionario se pueden encontrar los ecos del discurso que censura la transgresión de este comportamiento en el ámbito doméstico respecto del rol de género de los maridos. En el diccionario de Domínguez encontramos numerosos casos en los que advierte del poder que pueden alcanzar las mujeres sobre sus esposos si consiguen someterlos y el resultado nefasto para la jerarquía y las relaciones de poder dentro del matrimonio, haciendo hincapié en el caso paradigmático y ejemplarizante de Vlasta, una muestra del recelo y la desconfianza ante la acción de las mujeres en el escenario público:

Vlasta, Biogr. Amazona de Bohemia. […] reunió sus compañeras y las escitó á formar, por la fuerza de sus armas, un imperio en el cual reinarían ellas sobre los hombres como soberanas. Comenzáron pues la empresa, mutilando al primer embajador que les envió Przemislao y continuáron devastando la Bohemia por espacio de ocho años, hasta que lograron organizar un gobierno, publicar un nuevo código y crear una orden de virtud militar. En consecuencia fué prohibido á los hombres el llevar armas bajo pena de la vida: debían montar á mujeriegas y ocuparse únicamente de las faenas domésticas. Por fortuna, no les pudiéron obligar á parir; pero nuestras heroínas elegían marido á su antojo y hacían morir al que rehusaba la eleccion. He ahi lo que tiene de malo el que manden las mujeres, porque ¡son tan caprichosas y dominantes! (Dom.).

También de la amenaza que suponen las diversas tácticas empleadas para someter a los maridos, enunciadas entre la censura, el humor y la ridiculización como un modo de instrucción y de prevención a los hombres:

Antojo. […] Fam. Cualquier capricho, gana ó afeccion vehemente que suelen sentir las mujeres preñadas, sobre todo hacia las cosas de comer: en lo cual se notan las rarezas de tanto bulto, que parecen melindrosamente fingidas para burlarse de los pobres maridos ó ensayar el preámbulo de una dominación que más adelante los acoquine y encadene. (Dom.).

El diccionario de Domínguez registra numerosas denominaciones del lenguaje familiar o coloquial para los maridos sometidos a la autoridad femenina en el hogar (bragazas, calzonazos, juan lanas, majadero, cabron) y, por lo general, refuerza el contenido de las definiciones con la adición de sentencias aclaratorias de carácter adoctrinante, como se ve en los ejemplos siguientes: braga “fras. Fig. y fam. Calzarse las bragas; dícese de la mujer que todo lo manda en su casa, sin hacer caso del marido” (Acad./Salvá) “como no sea para darle órdenes ó despreciarlo”, añade Domínguez. Calzarse ó ponerse los calzones una mujer; “abrogarse ella la autoridad y el mando que corresponde al marido, gobernarlo, manejarlo, dirigirlo” o Gurrumino “fam. El hombre pusilanime, sin carácter, un calzonazos. Se aplica comunmente al marido que se deja supeditar por su mujer”.

6.5. Para concluir, la noción de familia “legítima” se funda en el matrimonio canónico e institucional con el fin de perpetuar el orden social, de manera que en la sociedad del siglo XIX todos los discursos están en contra de las relaciones fuera del matrimonio, de las uniones ilegítimas. En las voces que se refieren a las parejas más o menos estables pero que no se sujetan a las leyes, también el discurso lexicográfico constata esos modelos de sanción. Lo hace mediante la sustantivación y adjetivación valorativa peyorativa (“vergonzoso”, “especie de parodia”), enunciados irónicos, como en la voz amigo, ga, o con diversos recursos como el que pone de relevancia la usurpación de las funciones de la esposa legítima (“la que hace las veces de”) o la sustitución de una fórmula comparativa, “como”, por una locución adverbial ponderativa “ni más ni menos que”:

Amancebado, da, s. f. El que vive en vergonzoso amancebamiento. (Dom.).

AMANCEBAMIENTO s. m. Trato ilícito y habitual de hombre y mujer. (Acad./Salva).

Amancebamiento, s. m. Trato ilícito y habitual de hombre y mujer; especie de parodia matrimonial, ó vida ilejitimamente maridal; accion y efecto de amancebase; concubinato. (Dom.).

Amigo, ga. […] Fam. El amancebado, la persona amorosamente comprometida en relaciones al parecer maridables. (Dom).

CONCUBINA. s. f. La manceba ó mujer que vive y cohabita con algun hombre como si este fuera su marido. (Acad./Salvá).

Concubina, s. f. La mujer que hace las veces de propia, viviendo y cohabitando con algun hombre ni mas ni menos que si fuera él su marido y ella su legítima esposa. Barragana, manceba. (Dom).

Final

Domínguez expresa sus opiniones en el Diccionario Nacional sobre la moral social en la esfera privada, la familia y el matrimonio, pero también sobre la conducta sexual relacionada con ellos, como un conjunto de creencias y valores asumidos e interiorizados y que dependen claramente de la presión de la religión católica, y de la Iglesia como institución, de un lado, y de los modos particulares de concebir las relaciones familiares en la España decimonónica desde una perspectiva liberal presentes también, con otros matices y con menor y distinta carga ideológica, en los diccionarios académicos y en el de Salvá.

En el análisis de los comentarios del autor se aprecian sus valoraciones morales, sus recomendaciones, su voluntad pedagógica y de adoctrinamiento, teniendo en cuenta lo que es socialmente aceptado en la época, sin olvidar la presencia de humor y la ironía como recurso estilístico que pretende la sintonía y la proximidad con sus lectores. Precisamente, se observa una voluntad de influir en sus lectores (varones), y en la participación en la conformación de la mentalidad colectiva (como hace también con sus definiciones políticas y religiosas), siempre desde el punto de vista masculino, reforzando el nuevo modelo social liberal y haciendo uso de los tópicos humorísticos que sustentaban la jerarquía social y familiar propias del siglo XIX.

En este contexto, sabemos que la construcción de las identidades masculina y femenina y sus roles en la esfera privada de la domesticidad a la que estaban limitadas las mujeres se fue imponiendo y regulando a través de todo tipo de discursos durante el siglo XIX en obras morales, jurídicas, religiosas, pedagógicas, higienistas, científicas, periodísticas y literarias. A ellas, como se ha intentado demostrar, se unió el discurso lexicográfico de Domínguez con sus posturas comprometidas ideológicamente como un medio más para mantener las diferencias de identidad y las funciones sociales de mujeres y hombres españoles en el entorno de la familia y el matrimonio decimonónico.

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Notas

1Compartimos plenamente la nueva fecha propuesta por Iglesia Martín (2023), quien determina a partir de los datos extraídos de la prensa histórica el período de publicación por entregas del Diccionario Nacional entre 1846 y 1848.
2Para otros estudios que contienen valoraciones sobre la ideología del autor, v. Seco (2003 [1997b]), Bueno 1993, Cazorla 2002, Iglesia 2011, Quilis Mérin 2018, Martínez Atienza 2019, Raab 2019.
3Para los estudios sobre la presentación y el tratamiento de las mujeres en los diccionarios del español, diccionario, ver Lledó, Calero Fernández y Forgas Berdet (2004).
4Fuera de los cuidados familiares al esposo y a los hijos y las labores domésticas, la locución adverbial quedarse para vestir santos [una mujer] hace referencia a las ocupaciones adecuadas en el mantenimiento de las iglesias y las figuras de santos, cristos y vírgenes que sí podían realizar las viudas y solteras. Se registra en DRAE 1992 y 2001.