Los modos oracionales en la gramática española: rasgos morfológicos, sintácticos, semánticos y pragmáticos para una taxonomía

Hang Ferrer Mora (València)


1 Introducción

La modalidad oracional es uno de los puntos gramaticales en la tradición lingüística española que resultan polémicos, puesto que las clasificaciones oracionales que parten del modus como criterio son dispares. Ello es debido a que, desde un punto de vista sintáctico, la movilidad de los elementos oracionales en español presenta pocas restricciones, por lo que no resulta fácil diferenciarlas formalmente. Como consecuencia, se ha de recurrir a otros criterios morfosintácticos (también suprasegmentales) y a la actitud del hablante. El primer problema surge al describir en qué consiste esta actitud del hablante por la confusión entre los niveles semántico y pragmático.

Por otra parte, se hace patente la necesidad de una aclaración terminológica, al diferenciar tres niveles. En el presente artículo, al hablar de tipo oracional nos referimos al nivel formal, mientras que el modo oracional es el nivel funcional básico (ver 2.1), que es susceptible de realizar diferentes ilocuciones, en el nivel pragmático.

En el presente artículoLos modos oracionales NAME="1">1 se lleva a cabo un barrido por diversas clasificaciones de oraciones en español, atendiendo al modus. Para ello, se discutirá en primer lugar el concepto de modo oracional. Posteriormente se hará una descripción de cada uno de los modos, según aparecen en diferentes gramáticas y trabajos. Al mismo tiempo se presentará una revisión crítica de estos rasgos en los diferentes niveles morfosintáctico, semántico y pragmático. Al final del artículo se hará una recapitulación y nos plantearemos algunas de las cuestiones que se pueden tratar en torno a la modalidad oracional en español.


2 Los modos oracionales como fenómeno lingüístico y gramatical

2.1 El concepto de modo oracional

El concepto de modo oracional (también modalidad) aparece en algunas de las gramáticas del español contemporáneo de manera difusa. Habitualmente se relaciona con el modus, entendido como la actitud subjetiva del hablante con respecto al contenido, lo que sirve de criterio para establecer una taxonomía de oraciones (Esbozo 1986: 353). Articulado desde una perspectiva que incluye un criterio no sólo morfológico sino también semántico, Gili Gaya (1985: 40 ss.) menciona igualmente el modus y especifica como criterio de clasificación la calidad psicológica del juicio. Aunque en ambas gramáticas se emplea modus como actitud del hablante, no se desarrolla la modalidad como fenómeno.

En otros estudios sí se constata un tratamiento explícito de la modalidad. González Calvo define modalidad como "la expresión gramatical de la actitud del sujeto hablante (...) ante el contenido de la enunciación" (González Calvo 1993: 47-48). El autor se aleja de la concepción tradicional de modalidad entendida como modo o modo verbal. Partiendo de la teoría de la comunicación, que incluye factores como el emisor, el receptor y el referente, González Calvo da un paso más en su clasificación oracional, pues afirma que en la teoría de la modalidad la actitud del hablante se proyecta ante lo que se dice y también ante el oyente. Según el factor que predomina en la configuración de la oración simple, se distinguen tres grandes grupos de oraciones simples: las enunciativas, las expresivas y las apelativas, que incluyen a los diversos modos oracionales (ver 3.)

López García no hace uso del término modalidad para referirse al fenómeno que nos ocupa, puesto que lo utiliza en la misma acepción que los lógicos, sino que habla de determinaciones contextuales, entendidas como "tipos de realce perceptivo de la enunciación respecto del enunciado" (López García 1994: 512). El enunciado es la figura, y la enunciación el fondo. Ambos elementos configuran la expresión, que "representa una violencia perceptiva hermenéutica sustentada en la ignorancia del turno del receptor" (López García 1994: 511). Estos elementos, conjugados con el cotexto (el contexto verbal anterior o posterior), o con el contexto situacional anterior o posterior, dan origen a las diferentes determinaciones, equivalentes a los modos oracionales. Este tratamiento, si bien original, no parece ser totalmente consecuente, ya que la clasificación no integra de manera satisfactoria las oraciones enunciativas, que describe como situación normal ENUNCIADO / enunciación, siendo todas las demás determinaciones expresiones marcadas (cf. López García 1994: 511).

Sin embargo, con estos postulados, lejos de resolverse el complejo entramado de los modos oracionales, parece complicarse más. Uno de los motivos reside en la definición de modo y modalidad.

Concebimos los modos oracionales como estructuras lingüísticas complejas con unos rasgos formales específicos y una función comunicativa básica (cf. Altmann 1987: 22; Hentschel 1998: 171). Al igual que Hentschel, diferenciamos tres niveles de significado en la oración:

1) el significado proposicional o proposición,

2) el significado funcional básico derivado de la estructura, o el modo oracional,

3) el significado ilocutivo, o ilocución.

Estos tres niveles se definen, según una concepción modular, de manera independiente, pero al mismo tiempo han de coocurrir en la oración y se pueden establecer interrelaciones entre los diferentes niveles. Partimos de la base de que el modo oracional, al contrario que la ilocución, se puede determinar independientemente del contexto2, por lo que se halla el fenómeno de los modos en el nivel semántico y no pragmático. De hecho, Brandt/Reis/Rosengren/Zimmermann (1992) afirman que los modos oraciones no muestran ninguna actitud del hablante, y en caso de que esta actitud se manifieste, se sitúa en el nivel pragmático (Brandt et al. 1992: 2).

Se trata, pues, en primer lugar, de describir los rasgos formales y determinar la función básica de cada estructura oracional, y en segundo lugar, ver qué ilocuciones pueden relacionarse con cada modo oracional.

2.2 ¿Son los modos oracionales universales?

Una de las cuestiones que se plantean en torno a los modos oracionales es si éstos se hallan en todas las lenguas del mundo, es decir, si se tratan de un universal y qué modos oracionales tienen la categoría de básicos.

Moreno Cabrera (1997: 190) considera como universales tres modos: el declarativo, el interrogativo y el imperativo, y da algunos ejemplos de cómo se manifiesta la modalidad oracional: en coreano, por ejemplo, existen sufijos verbales para cada uno de los modos mencionados; en groenlandés, la flexión verbal presenta morfemas modales. En otras lenguas se puede observar la presencia de morfemas libres o palabras modales, como el caso de la partícula interrogativa kas en estonio, que encabeza la oración interrogativa total, o ma en chino mandarín, que aparece al final de ciertas oraciones interrogativas.

Una de las reflexiones que se derivan de lo expuesto es la siguiente: ¿qué ocurre con modos oracionales como el exclamativo y el desiderativo, que en lenguas como el español o el alemán se incluyen en las clasificaciones de modos oracionales y que han sido descritos detalladamente?

En el caso de las oraciones desiderativas, encontramos lenguas como el griego clásico, donde existía un modo verbal optativo, hasta lenguas como el chino mandarín, en cuyas gramáticas aparecen tratados los modos declarativo, interrogativo, imperativo y exclamativo, pero no el desiderativo (cf. Beutel 1988: 143). Con este argumento, el modo desiderativo queda excluido como universal.

Más complejo es si cabe el modo exclamativo, ya que, en el caso de lenguas como el español y el alemán, todos los modos oracionales son susceptibles de ser exclamativos3. Sin embargo, parece ser que existen estructuras que se especializan en un modo concreto de exclamar, al menos en español (ver 4.4).

Los demás modos oracionales (de duda y posibilidad) no tienen, desde el punto de vista estructural, entidad propia, puesto que se sirven de otros tipos oracionales para configurarse como tal. En realidad, esta clase de oraciones se sirve del tipo básico declarativo; cabe plantearse si una pregunta, por ejemplo, no es desde un punto de vista pragmático una duda por parte del hablante.


 

3 Clasificaciones de modos oracionales en la lingüística española

Una vez que se ha planteado el carácter universal de ciertos modos oracionales, se expondrá a continuación cómo ha tratado la tradición lingüística y gramatical española este fenómeno.

En el Esbozo de una nueva gramática española aparece, en el capítulo dedicado a la sintaxis, una clasificación de las oraciones simples atendiendo al dictum y al modus. El dictum es lo dicho en cada oración, es decir, el contenido proposicional. Por modus se entiende la actitud subjetiva del hablante con respecto a lo dicho. De este modo, las oraciones quedan clasificadas en: enunciativas, exclamativas, de posibilidad, dubitativas, interrogativas, desiderativas y exhortativas.

La clasificación que Gili Gaya propone en su Curso superior de sintaxis española es muy parecida a la anterior, si bien las oraciones enunciativas no aparecen como tal sino desglosado en dos grupos, las afirmativas y las negativas. El criterio utilizado es la "calidad psicológica del juicio" (Gili Gaya 1985: 41) por parte del hablante, aunque el autor da cuenta de los límites borrosos que existen entre una actitud psíquica y otra. Como consecuencia de ello admite que la clasificación propuesta no es rigurosa. Por otra parte, también observa la posibilidad de que se las actitudes se superpongan entre sí, de modo que una oración exclamativa puede ser a su vez afirmativa o negativa (cf. Gili Gaya 1985: 41). Al rechazar el carácter excluyente, y por lo tanto discreto, de los modos oracionales, Gili Gaya explicita el hecho de que no se trata de una clasificación lógica, sino más bien de agrupaciones caracterizadas por algún rasgo dominante. A pesar de ello, no aventura a modificar o matizar su clasificación de oraciones, que sigue la división de la gramática española tradicional.

En el primer capítulo de su Gramática castellana, Alonso y Henríquez Ureña (1971) proponen una clasificación oracional con base en criterios semánticos. Distinguen las enunciativas, que a su vez pueden ser afirmativas y negativas, las interrogativas, las exhortativas y las desiderativas, mientras que las exclamativas se superponen a todas las demás. Este criterio semántico no parece ser adecuado, según López García (1994: 513), si tenemos en cuenta que el nivel semántico se confunde con el pragmático, p.ej. las exhortativas expresan ruego, consejo, mandato o encargo, que son, en realidad, ilocuciones.

Alcina y Blecua, en su Gramática española, no hacen una clasificación propia de los modos oracionales como en los casos precedentes. Sin embargo, en el capítulo general dedicado a la fonética y fonología, cuando se describe la entonación como rasgo suprasegmental, encontramos tipos de entonación enunciativa, interrogativa, volitiva y emocional, que coinciden sin duda con actitudes del hablante. Incluso se halla una clasificación exhaustiva de interrogativas. Pero no podemos hablar de una clasificación exhaustiva puesto que carecen de una descripción de rasgos.

González Calvo propone una clasificación de oraciones simples según el modus atendiendo a la "´actitud del hablanteª (...) ante lo que dice y ante el oyente" (González Calvo 1993: 48). Su clasificación gira en torno a las relaciones que se establecen entre tres elementos, el hablante, el oyente y el referente:

a) oraciones enunciativas, también denominadas declarativas, aseverativas o referenciales; en ellas se observa un predominio del referente. Se subdividen en afirmativas y negativas;

b) oraciones expresivas o emotivas, en las que predomina la actitud o el punto de vista del hablante, que engloba a su vez las oraciones desiderativas, dubitativas y exclamativas;

c) oraciones apelativas o conativas, con claro predominio del hablante, o de la relación hablante-oyente, que incluye las interrogativas y exhortativas.

De gran semejanza con esta clasificación es la que aparece en la Gramática española de Marcos Marín et al. (1998: 372 ss.), partiendo de la relación con las funciones del lenguaje postuladas por Bühler, y que se divide en:

a) Modalidad representativa, que engloba a las oraciones declarativas.

b) Modalidad expresiva, a la que se adscriben las oraciones exclamativas, desiderativas, dubitativas y de probabilidad.

c) Modalidad apelativa, que incluye las oraciones exhortativas e interrogativas.

Frente a los anteriores, López García (1994) hace una clasificación de oraciones simples en relación con la determinación contextual entendida como "una serie de propiedades que son directamente atribuibles a las circunstancias en que se produce la enunciación del enunciado que representa la oración considerada" (López García 1994: 511 ss.). Según esta perspectiva, los interlocutores perciben a lo largo del discurso relaciones entre la enunciación y el enunciado bajo la influencia del contexto situacional como al contexto verbal (denominado también cotexto). López García establece la siguiente clasificación conjugando los elementos mencionados (íbid, 513 ss.):

a) Determinación negativa: la enunciación se destaca frente al contexto verbal precedente.

b) Determinación interrogativa: la enunciación se destaca frente al contexto verbal siguiente.

c) Determinación desiderativa: la enunciación se destaca frente al contexto situacional precedente.

d) Determinación exhortativa: la enunciación se destaca frente al contexto verbal siguiente.

e) Determinación exclamativa: la enunciación destaca el contexto situacional del acto de habla en que se frente a su propio enunciado.

A nuestro juicio, la disparidad de clasificaciones se debe a la falta de criterios claros. Para elaborar una taxonomía de modos oracionales se habría de definir los rasgos mínimos pertinentes que diferencian un tipo oracional de otro, y observar las funciones relevantes.


 

4 Rasgos de los modos oracionales en español

Una vez expuestas las clasificaciones de modos oracionales recogidas en la tradición lingüística y gramatical española, se procederá a examinar cómo aparecen caracterizados cada uno de los modos oracionales según diversos criterios: morfológicos, sintácticos, semánticos y suprasegmentales, etc. No se incluyen las oraciones afirmativas ni negativas, puesto que, a pesar de que en algunos modos oracionales la negación tiene un comportamiento peculiar, escapan a la definición de modo en 2.1. y no tiene, por lo tanto, el mismo estatuto que los demás.

4.1 Oración enunciativa

La caracterización principal de las oraciones enunciativas, también denominada declarativas, reside en su relación con la noción lógica de verdad: de este modo, la predicación que expresa este tipo de oración puede ser verdadera o falsa, según corresponda o no con los hechos en el mundo, es decir, si la proposición p es verdadera, ¬p es falsa y viceversa. Basado en esta dualidad, la primera subclasificación de estas oraciones que aparece en la mayoría de los estudios la constituyen las oraciones afirmativas y negativas (cf. RAE 1986: 354; López García 1994: 516 ss.). A diferencia de los modos oracionales, la negación es un fenómeno bien estudiado, que engloba a fenómenos que abarca desde la negación externa o interna, o las palabras y expresiones de polaridad negativa y su alcance y repercusión en los demás elementos de la oración.

Por otra parte, la negación, sobre todo la refererida a la oracional o verbal mediante el adverbio no, actúa de manera diferente según el modo oracional. Posteriormente observaremos la relevancia de esta división entre oraciones afirmativas y negativas.

La oración enunciativa se caracteriza por la presencia de una forma verbal conjugada en indicativo en el predicado como núcleo (González Calvo 1993: 50).

El español es una lengua que pertenece al tipo SVO (López García 1994: 64). Si bien es cierto que el orden más frecuente o "normal", este orden sintáctico de los elementos oracionales no parece servir en principio como criterio para diferenciar los modos oracionales, puesto que en español el verbo puede ocupar cualquier posición dentro de la oración. Desde un punto de vista gramatical, todas las oraciones en (1) son correctas:

(1) Julio vende la casa

Vende Julio la casa

Vende la casa Julio

La casa (la) vende Julio

La casa Julio (la) vende

Obsérvese la libertad posicional de los diferentes elementos de la oración en español. Las diferencias de significado que se pudieran originar por la posición sintáctica se adscriben a un registro estilístico (el verbo al final de la oración es propio, entre otros, del registro poético) o a la progresión argumentativa (tema/rema).

Desde el punto de vista suprasegmental, las oraciones enunciativas se caracterizan por un tonema descendente.

Semánticamente, algunos autores describen la objetividad propia de las enunciativas exenta de emotividad (cf. Marcos Marín 1998:373), pero esta postura es fácilmente rebatible. Precisamente González Calvo (1993: 50) hace hincapié en el escaso estudio de elementos que refuerzan la afirmación, como claro que, pero si; también Briz Gómez (1998: 170) da cuenta de ciertos elementos que preferentemente aparecen en un registro coloquial y que añaden una carga emotiva o subjetiva al enunciado:

(2) A: ¿puedes decirme la hora?

B: ¡pero si llevas reloj!

(Briz Gómez 1998: 170)

La respuesta de B como rechazo de la petición de A, a pesar de ir acompañada de signos de exclamación, se adscribe en principio al modo enunciativo y no al exclamativo.

Para dar cuenta de la relación entre la estructura sintáctica y la semántica, Brandt/Rosengren/Zimmermann (1989: 6) proponen la siguiente formalización para la oración enunciativa:

$e [e INST p]

El hablante se refiere a un hecho en el mundo discursivo mediante el elemento expresado por 'e'; 'INST' es la relación de actualización de 'p', la proposición sometida al valor de verdad, y '$' es el cuantificador existencial, mediante el cual 'e' queda ligado, es decir, 'e' representa el mismo elemento en la fórmula.

En el nivel pragmático, el modo enunciativo es un saco común que sirve de vehículo de expresión para las ilocuciones más diversas, por ello se considera como un modo oracional neutro frente a los demás, que están marcados por una actitud específica del hablante. Una prueba evidente de ello es la aparición de las fórmulas performativas explícitas, como te pregunto... o te ordeno..., que, en principio, permiten expresar un amplio abanico de ilocuciones. Por otra parte, las declaraciones, según la clasificación de actos de habla de Searle (1969), carecen de actitud por parte del hablante, y se sirven del tipo oracional enunciativo para su expresión (cf. Brandt et al. 1992: 80).

4.2 Las oraciones interrogativas

En español, la caracterización del modo interrogativo es fuente de problemas por diversas causas. La primera de ellas es la falta de una marca gramatical morfológica propia común a todas las oraciones interrogativas, por lo que en las gramáticas se apela a la entonación en la lengua oral como criterio diferenciador. En la lengua escrita aparece este tipo de oraciones marcado gráficamente entre signos de interrogación. Sin embargo, esto es insuficiente para caracterizar y limitar el modo interrogativo frente a los demás.

Otra cuestión que se presupone desde la base es la división entre interrogativas totales y parciales; tal como aparecen descritas en las gramáticas, en las oraciones totales es toda la oración la que se pone bajo el ámbito de la interrogación, por lo que las respuestas suelen ser o bien positiva () o negativa (no), aunque desde un punto de vista pragmático-discursivo otros enunciados pueden servir también de respuestas (cf. Conrad 1978: 52 ss.). Las oraciones interrogativas parciales contienen un pronombre o expresión adverbial interrogativos con los que se abre un hueco en la proposición, es decir, la estructura de la oración queda abierta. Este hueco es el que el interlocutor debe cubrir con su respuesta. La entonación de las interrogativas parciales es en general descendente. La ausencia de rasgos morfosintácticos comunes para la interrogación, tanto para las interrogativas parciales como las totales, es evidente en español.

Frente a este problema, Escandell Vidal intenta determinar cuál es el elemento común que reúne a las oraciones interrogativas bajo una misma clase. Tras un análisis exhaustivo llega a la conclusión de que el punto de intersección es, desde un punto de vista semántico, la demanda de información (cf. Escandell Vidal 1988:16 ss.). Sin embargo, existen numerosas oraciones interrogativas que no implican tal demanda de información:

(3) ¿Puedes pasarme la sal?

(4) ¿Vamos esta noche al cine?

(5) ¿Y quién va a estar a favor de la energía nuclear tras Chernobil?

(3) puede interpretarse como una petición, (4) como una propuesta, (5) como una afirmación. Sin embargo, el interlocutor tiene siempre la opción de interpretarlo como una pregunta auténtica, y reaccionar dando una respuesta.

4.2.1 Las oraciones interrogativas totales

Nos ocuparemos en primer lugar de las oraciones interrogativas totales. En español no es necesaria la inversión de elementos (VSO en vez de SVO) como en otras lenguas (p.ej. alemán), de modo que una oración como Julio vende la casa puede interpretarse como enunciativa o interrogativa sin ninguna variación morfosintáctica. La diferencia estriba en la entonación.

Hidalgo Navarro (1997: 44 ss) hace un pormenorizado análisis de la entonación del español en enunciados en un registro coloquial. Para Hidalgo Navarro, la entonación muestra dos funciones con respecto a la modalidad: la primera, la función modal primaria, sirve como rasgo diferenciador distintivo entre algunos modos oracionales, mientras que la segunda, la función modal secundaria, está relacionada con la función expresiva del lenguaje y por lo tanto, de las actitudes del hablante. La entonación ascendente propia de las oraciones interrogativas se adscribe a esta función modal primaria. Sin embargo, este tonema ascendente al final de las oraciones interrogativas totales no se da en todos los casos. Hidalgo Navarro encuentra en el corpus analizado oraciones interrogativas totales con entonación descendente, a las que le atribuye otras funciones, que abarcan un amplio espectro, desde la demarcativa a la expresiva, con lo que adquieren mediante la marca de la entonación descendente valores pragmáticos añadidos, alejándose del prototipo funcional de auténtica pregunta interrogativa, como (6) que es una solicitud de confirmación:

(6) ¿te casasØ 254,8?4

(Hidalgo Navarro 1997: 214)

Otro elemento diferenciador es el valor de la negación, que en las oraciones interrogativas totales sirve para expresar la preferencia del hablante por una respuesta positiva, es decir, una orientación positiva. Este tipo de oraciones se denomina interrogativas orientadas (Escandell Vidal 1988: 459 ss.).:

(7) ¿no está lloviendo?

(López García 1994: 572)

Desde un punto de vista pragmático, la interrogación orientada se aleja de la pregunta informativa, puesto que el hablante pide una confirmación de p, como en el caso de (7). La variación de la entonación ascendente como marca propia de las oraciones interrogativas totales conlleva un cambio en el significado pragmático.

4.2.2 Las oraciones interrogativas parciales

El otro gran subgrupo es el de las oraciones interrogativas parciales, que se caracterizan formalmente por la presencia de una palabra interrogativa, que encabeza normalmente la oración, y muestran un tonema descendente final.

Puesto que la entonación descendente es un rasgo común a todos los demás modos oracionales, cobra mayor relieve la presencia de la palabra interrogativa. En el Esbozo aparecen enumerados los pronombres interrogativos qué, quién, quiénes, cuál, cuáles, cuánto, cuánta, cuántos, cuántas, cuánto y los adverbios interrogativos cómo, cuándo y dónde. Otros como cúyo(s), cúya(s) han caído en desuso, y cúalo(s), cúala(s) se consideran vulgares (cf. Esbozo 1986: 224).

La presencia de una palabra interrogativa no es un criterio concluyente puesto que todas ellas pueden aparecer también en el modo exclamativo. Raramente se emplean quién(es) y cuál(es) como exclamativos; qué como interrogativo sustantivo no se usa tampoco. La curva melódica tonal y la presencia de un acento exclamativo (ver 4.4) juegan un papel fundamental a la hora de diferenciar ambos modos oracionales.

El pronombre interrogativo ha de encabezar la oración, y exige en el español peninsular (frente a algunas variantes latinoamericanas) inversión sujeto-verbo: ¿Cómo te llamas tú? Según López García, el marcante interrogativo puede aparecer en otras posiciones oracionales si se da más de uno; sin embargo, en el caso de las preguntas eco5, el pronombre interrogativo puede aparecer en cualquier posición:

(8) A. Mañana tengo clase de psicología bioenergénica.

B. ¿Mañana tienes clase de qué?

La entonación descendente tampoco es una característica fundamental de las oraciones interrogativas parciales, ya que existen oraciones con tonema ascendente como las interrogativas de extrañeza-incredulidad, o las preguntas eco (Hidalgo Navarro 1997: 215), subtipos de oraciones interrogativas que se distinguen por alejarse, desde un punto de vista funcional, del centro categorial de auténtica pregunta interrogativa, puesto que adquieren otros valores pragmáticos.

Prescindiremos de una discusión más detallada sobre otras oraciones interrogativas como la alternativa, aunque no está exenta de polémica (cf. Ferrer Mora 1999: 92 ss.).

4.2.3 Semántica y pragmática de la interrogación

Desde un punto de vista semántico-pragmático, una pregunta (la función básica de una oración interrogativa) es una petición de información por parte del hablante, como mencionamos previamente. Sin embargo, esta postura ha sido rebatida (cf. López García 1994: 572). Diversos autores han propuesto un operador interrogativo, denominado de múltiples maneras6, para explicar la estructura lógico-semántica de las oraciones interrogativas, cuyo denominador común es simbolizar el carácter abierto de la proposición. A diferencia de las oraciones enunciativas, el contenido proposicional de las oraciones interrogativas no puede someterse al criterio de verdad. De este modo, partiendo de la fórmula anterior, Brandt/Rosengren/Zimmermann (1989: 8) postulan para la estructura semántica de las interrogativas un operador OFFEN, también representado por w (cf. Rehbock 1992: 173 ss.):

OFFEN $e [e INST p]

Desde un punto de vista pragmático, y como modelo de explicación para la ilocución pregunta, existe una serie de condiciones postuladas por Searle (1969) para su consecución exitosa como acto de habla:

1. El hablante que formula la pregunta no conoce la respuesta. Esta regla no es válida en el caso de las preguntas retóricas y de examen.

2. El oyente no daría la información en caso de que no se le preguntara. Si no se considera esta regla se violaría tanto la máxima de relevancia de Grice, como el principio de cooperación en general.

3. El hablante debe tener interés en obtener la respuesta. Esta regla insta a que el hablante sea sincero con su actitud y no pretenda dar a conocer una actitud no sincera.

4. El acto de habla es un intento para que el oyente dé una respuesta adecuada a la pregunta formulada.

Estas reglas para formular un acto de habla interrogativo se pueden completar con las siguientes reglas introducidas por Eichler/Bünting (1976;1978: 265):

5. El hablante parte de la base de que el oyente conoce la respuesta. En caso contrario, el acto de habla carecería de éxito desde un principio. Bajo este concepto no se incluyen los casos en los que el hablante se equivoca con el respecto al nivel de conocimiento del oyente, o cuando el hablante quiere ponerlo en evidencia preguntándole algo que no sabe, etc.

6. Entre el hablante y el oyente deben darse ciertas circunstancias sociales que otorguen al hablante el derecho a realizar la pregunta. De otro modo, la pregunta sería inadecuada, y por lo tanto, carecería de éxito en la consecución del acto de habla.

7. El hablante debe presuponer que el oyente está dispuesto a responder. En caso contrario, el acto de habla no se puede concluir con éxito.

Al violar alguna de estas máximas, la oración interrogativa se aleja del centro categorial prototípico de la auténtica pregunta informativa. De este modo se explica que existan múltiples subtipos funcionales de oraciones interrogativas. De entre ellas destacamos las preguntas retóricas, cuyo valor, como es sabido, equivale a una oración enunciativa. Por otra parte, las oraciones interrogativas como peticiones corteses son también frecuentes, y se interpretan como un acto de habla indirecto. Ambos tipos se configuran como subclases desde un punto de vista pragmático, ya que desde el formal no existen marcas distintivas propias. Existen también múltiples subtipos atendiendo a diversos criterios como la relación hablante-oyente y la secuencia pregunta-respuesta, como las preguntas deliberativas, eco, etc. Interesantes en este sentido son las subclasificaciones propuestas en español por Escandell Vidal (1988) y los subtipos de oraciones interrogativas y preguntas (Ferrer Mora 1999).

4.3 Las oraciones exhortativas

Semánticamente, las oraciones exhortativas conforman un grupo relativamente bien delimitado frente a otros modos oracionales, ya que con ellas el hablante "actúa sobre el oyente (...) para conseguir de él actos u omisiones o para recriminarle" (González Calvo 1993: 61).

Aunque las oraciones exhortativas puedan parecer fácil de reconocer por sus rasgos morfológicos (presencia de un verbo en modo imperativo, o en su defecto, en subjuntivo) o morfosintácticos (ausencia de sujeto explícito), presentan ciertas dificultades particulares en el caso del español.

Nos centraremos en primer lugar en el modo verbal. La primera característica que llama la atención son las formas verbales: existe una forma propia para la 2ª persona, tanto del singular como del plural. Pero cuando el verbo aparece negado, las formas utilizadas son las del subjuntivo (lo cual es común para algunas lenguas románicas como el catalán, pero diferente de otras, como el alemán), y para el resto de las personas se emplean, tanto en afirmativo como en negativo, el subjuntivo.

Mientras que una oración con una forma verbal en imperativo se relaciona con una ilocución dentro de la clase EXHORTACIÓN (que va desde el mandato o ruego hasta la sugerencia), la relación forma-función-ilocución tampoco tiene un carácter unívoco ni biunívoco. Ello se debe a que los demás modos verbales, e incluso el infinitivo como forma no finita, pueden utilizarse bajo ciertas condiciones con los mismos valores ilocutivos propios del imperativo:

(9) [contexto: un padre a su hijo]:

¡Ahora mismo vienes y haces los deberes!

(10) ¡A hacer los deberes ahora mismo!

El uso del subjuntivo es de naturaleza complementaria. Se ha indicado previamente que las formas propias de subjuntivo son las de 2ª persona afirmativas, tanto sing. como pl., mientras que para el paradigma en negativo todas las personas se sirven del subjuntivo. De este modo, a ven () le corresponde la forma negativa no vengas (), y a venid (vosotros/-as), no vengáis (vosotros/-as), aunque existe la posibilidad de negar la 2ª persona del plural anteponiendo no a la forma propia en imperativo:

(11) ¡no moveos!

(López García 1996: 593)

La segunda persona de cortesía, tanto la de sing. como la de pl., también se sirve de las formas de subjuntivo: venga usted, vengan ustedes. La misma transformación sufre cuando un verbo en imperativo se halla englobado en una construcción de estilo indirecto. López García explica este fenómeno atribuyendo a la segunda persona y su modo el imperativo una natureza remática obligatoria, mientras que la primera y la tercera persona, y los modos que las realzan, el subjuntivo y el indicativo, "son ajenos al rema" (López García 1996: 589). Sin embargo, esto no explica el hecho de que para las formas negativas de 2ª persona también se utilice el subjuntivo, cuando es posible en otras lenguas como el alemán la negación de la forma propia de imperativo mediante un adverbio de negación.

En cuanto a la primera persona, muchas veces el hablante se dirige a sí mismo mediante la forma de 2ª persona de singular, en un desdoblamiento dramático consigo mismo que adquiere matices dialógicos: ¡Vamos, salta ya!. La forma con el subjuntivo *¡que yo salte! es inaceptable en este sentido. Con la primera persona del plural sí que se utiliza en las llamadas adhortativas: ¡brindemos por el final de nuestra relación!, con las que el hablante insta a realizar la acción verbal incluyéndose a sí mismo.

La tercera persona, tanto del singular como del plural, se puede interpretar desde el punto de vista comunicativo como una exhortación indirecta: que venga Juan, ya que el oyente es el que se ocupará de transmitir lo expresado por el hablante.

El uso del subjuntivo se puede explicar por su naturaleza de modo verbal marcado frente al modo indicativo. Si aceptamos el imperativo como modalidad deóntica, y por lo tanto, la existencia de un operador modal en la estructura semántica de la oración (cf. Rosengren 1992: 21), es fácil comprender que el modo subjuntivo asuma la función del imperativo en las demás personas dentro del paradigma.

Otro de los rasgos propios de la oración exhortativa es la ausencia de sujeto, por supuesto, la canónica de 2ª persona. Para ser más precisos, la estructura preferida o canónica del imperativo con la 2ª pers. tanto sing. como pl. no presenta sujeto, aunque existe de modo implícito. Éste, sin embargo, se puede explicitar. Si aparece un pronombre personal de 2ª persona, tanto en sing. como en pl., éste quedará marcado con un acento enfático-contrastivo frente a otros posibles sujetos: Ven tú (y no Andrés), venid vosotros (en vez de ellos). La aparición del sujeto implícito comporta la determinación de uno o más referentes frente a otros posibles referentes (de ahí su valor marcado), ya que por su naturaleza, el verbo en imperativo de 2ª persona tiene un sujeto que necesariamente se refiere al interlocutor al que va dirigido. Si se trata de un sustantivo, tanto propio como común, suele ir separado por comas, lo cual no es posible en oraciones declarativas: Ven, Juan; venid, niños, lo que se puede interpretar como un comportamiento sintáctico particular del sujeto del verbo en imperativo. Sin embargo, en español, frente a otras lenguas, la ausencia de sujeto no sirve tampoco como criterio diferenciador frente a otras oraciones, puesto que la omisión de sujeto es también posible con verbos conjugados en cualquier otro tipo oracional.

Veamos qué ocurre con el orden de los elementos en la oración imperativa. La estructura preferida es aquella en la que el verbo en imperativo encabeza la oración. De hecho, si aparece el sujeto explícitamente delante del verbo, sea nombre o pronombre, irá separado por comas, fuera del marco sintáctico de la oración: Juan, ven; niños, venid. Una explicación plausible es la propuesta por Rosengren7: el rasgo +imperativo aparece en I0, realizado por la morfología verbal, por lo que el verbo tiende a ocupar esta posición. La autora postula la existencia de un operador modal N que engloba al operador existencial $, lo cual impide la interpretación del modo oracional como declarativo o interrogativo, al mismo tiempo que el argumento externo del verbo viene predeterminado por la morfología verbal, es decir, la 2ª persona, que como hemos indicado previamente, corresponde al interlocutor. Por otra parte, el papel q se halla bloqueado sintácticamente, lo que explicaría la no realización del sujeto en un caso neutro y sí en el marcado, ya que cuando aparece este sujeto se especifica la variable x de entre una cantidad de elementos posibles (cf. Rosengren 1992: 25).

Ahora bien, hemos de resaltar la posible presencia de palabras en el campo sintáctico previo al verbo, sobre todo algunos adverbios deícticos como ahora:

(12) Ahora ven aquí

(13) *Aquí ven ahora

Sin embargo, otros deícticos no pueden aparecer, como aquí en (13). Otros elementos focalizados también pueden aparecer sintácticamente antes del verbo en imperativo:

(14) El informe tráelo ya

Se trata probablemente de resaltar en esta posición un elemento con valor de tópico, como indica el artículo determinado el (*un informe tráelo ya sería inaceptable) y la reduplicación del objeto directo mediante el pronombre enclítico -lo.

Oraciones que se adscriben al modo enunciativo y al interrogativo pueden también expresar ilocuciones de mandato, ruego o sugerencia. Sin embargo, las oraciones exhortativas poseen un espectro más reducido y no pueden asumir las ilocuciones básicas que se relacionan con los dos primeros modos, como consecuencia de la modalización a la que se ve sometida la oración con un verbo en imperativo.

4.4. Las oraciones exclamativas

Al hablar de las oraciones exclamativas en español nos enfrentamos con el primero de los modos oracionales que no aparecen como universal, por lo que tendremos que plantearnos, por un lado, si existen rasgos morfosintácticos que las diferencien de otros modos, y si esta estructura implica la expresión de una actitud particular del hablante.

En el Esbozo, la marca distintiva que se atribuye a las oraciones exclamativas es la entonación, que suele discurrir por encima o debajo del registro medio habitual. Además de este rasgo suprasegmental, se cita en la gramática un aumento de la intensidad y cantidad de las sílabas acentuadas y también una modificación, por exceso o por defecto, del tempo de la dicción. Desde el punto de vista estructural, la oración exclamativa no presenta exigencias especiales, de modo que cualquier oración puede ser "pronunciada como exclamativa" (cf. Esbozo 1986: 357).

A pesar de que González Calvo da cuenta de lo recogido en el Esbozo, apunta ciertas diferencias con respecto a las oraciones enunciativas además de la entonación (cf. González Calvo 1993: 54 ss.). La primera es la presencia de ciertas palabras exclamativas, p.ej. qué, junto a un adjetivo o adverbio, construcción que no aparece en otros modos oracionales o cuya aceptabilidad es muy dudosa; otras palabras interrogativas pueden asumir la misma función:

(15) ¡Qué bien que vengas!

(16) ¡Qué abrigo que te has comprado!

En (16) se puede apreciar que también puede aparecer qué con un nombre. Por otra parte es curioso observar la aparición de un que entre el elemento resaltado por la exclamación y el resto de la oración, de carácter optativo: ¡Qué bonito (que) es este cuadro!

La segunda diferencia es la obligatoriedad de la inversión (González Calvo 1993: 54). Sin embargo, no queda bien claro lo que se entiende por inversión en este caso. Podemos deducir por los ejemplos expuestos por González Calvo (María es muy guapa como oración enunciativa frente a ¡Qué guapa es María!) que se trata de la alteración del orden sintáctico de una oración enunciativa. No obstante, parece ser más exacto hablar de la posición inicial obligatoria del elemento exclamativo qué junto al adjetivo, adverbio o nombre que acompaña, como muestra la agramaticalidad de (17):

(17) *¡Es qué guapa María!

Se puede interpretar qué en oraciones exclamativas como un núcleo funcional en posición inicial con un complemento adjetival, adverbial o nominal (cf. Rosengren 1992: 288).

La tercera diferencia consiste en la incompatibilidad de la partícula de grado muy con este tipo de oraciones exclamativas; a esta partícula hemos de añadir otras como bastante o casi:

(18) ¡qué *muy/*casi/*bastante bien que vengas!

Con otras estructuras elípticas sí que es posible: ¡El muy canalla! ¡Muy bonito lo que has hecho!, lo que sugiere que se tratan de estructuras diferentes. Sin embargo, en otras oraciones encabezadas con qué, cuando aparece con un sustantivo, es posible la aparición de tan o más, relacionadas con estructuras comparativas:

(19) ¡Qué chico tan travieso!

(González Calvo 1993: 55)

Difícilmente, sin embargo, se puede interpretar la siguiente oración como exclamativa: *¡Qué tan travieso es tu chico!. Además de qué, en español pueden encabezar oraciones otras palabras exclamativas como cuánto y cómo; por otra parte, observamos otro grupo de palabras que también introducen oraciones propiamente exclamativas como vaya, menudo, valiente, etc. En éstas últimas se observa un avanzado grado de desemantización, y en consonancia, una creciente gramaticalización.

La negación en las oraciones exclamativas también funciona de otro modo: en el caso de que + adjetivo/adverbio no la admite:

(20) *¡Qué no guapo es Juan!

*¡Qué guapo no es Juan!

En otras oraciones consideradas exclamativas se trata de una negación expletiva:

(21) ¡Lo que no hagas tú por conseguir lo que quieres...!

Se adscriben también al modo exclamativo enunciados que se consideran "truncados" o "incompletos", como (22), en las que falta una proposición subordinada, o por otra parte, los que carecen de proposición principal, como (23):

(22) ¡Es más burro!

(González Calvo 1993: 56)

(23) ¡Que tenga que aguantar a este pelma todo el año!

(González Calvo 1993: 57)

La inclusión de esta estructura en una matriz que es la oración principal parece problemática; más apropiada es la interpretación de estas oraciones como enunciados independientes con fuerza ilocutiva propia pero marcada con una serie de rasgos (que, verbo conjugado en subjuntivo) que la alejan de modos oracionales como el declarativo. Otras estructuras típicas son las que carecen de verbo, entre las que abundan las unimembres8:

(24) ¡Qué caña!

La mayoría de los lingüistas que se han ocupado del tema coincide en la presencia de unos rasgos suprasegmentales especiales para este tipo de oraciones, la llamada entonación exclamativa. No encontramos en la tradición lingüística hasta ahora, sin embargo, una descripción exacta en términos acústicos, así que de modo intuitivo hablamos de la presencia de un acento exclamativo, tal como lo postula Altmann (1987: 44), ya que prácticamente todos los autores dan cuenta de este efecto prosódico que marca las oraciones exclamativas. Sin embargo, la existencia de este acento exclamativo para el español debe ser cotejado empíricamente.

Debido a la gran variedad de estructuras, y en relación a lo postulado en el Esbozo, surge la cuestión de si existe un modo oracional exclamativo o si la exclamación es un fenómeno de naturaleza semántico o pragmático que puede afectar a todo tipo de enunciado.

En español, parece haber una estructura típica exclamativa (qué + adjetivo/adverbio), lo que nos lleva a preguntarnos qué diferencia existe entre las oraciones exclamativas y cualquier otra oración susceptible de ser pronunciada como exclamativa.

El elemento exclamativo ha de aparecer necesariamente a principio de la oración y sobre él recae el acento exclamativo. Ello nos lleva a pensar que este elemento es objeto de una focalización remática máxima, en la que se pone de relieve esa cualidad. Esta idea está en consonancia con la idea de que esta actitud del hablante se mueve en el eje de la intensidad (Rosengren 1992: 301), por lo que el elemento exclamativo no admite gradación (mediante partículas de grado y adverbios de cantidad, p.ej.) en las oraciones propiamente exclamativas, no sólo introducidas con qué, sino también con cómo (como cuantor que bloquea el valor modal) o cuánto:

(25) ¡Cómo/Cuánto *mucho ha crecido!

El elemento común a toda exclamación, según Fries (1988) es la valoración que expresa el hablante sobre algo que supone un desvío de la norma. Rosengren concluye que no existe un modo oracional exclamativo, pero sí la exclamación, que es una valoración y una actitud afectiva y emocional (Rosengren 1992: 302-303).

4.5 Las oraciones desiderativas

Al tratar las oraciones desiderativas u optativas, la primera cuestión a la que nos enfrentamos es la de su estatuto: ¿se puede oponer un modo oracional desiderativo frente a los demás? Cabe recordar que el modo oracional desiderativo no se considera un universal lingüístico frente al modo declarativo, interrogativo e imperativo, y que en lenguas como el mandarín no aparece como modo oracional (ver 2.2).

El denominador semántico común de las oraciones desiderativas es la expresión del deseo de que un hecho ocurra o no por parte del hablante, por lo que la proposición de las desiderativas no están sujetas al valor de verdad.

Tal y como aparece la oración desiderativa u optativa descrita en las gramáticas, se caracteriza principalmente por el verbo conjugado en subjuntivo; cuando el subjuntivo está en presente, el hablante considera el deseo expresado como realizable en el presente o en el futuro, mientras que si aparece en imperfecto, el hablante considera la realización deseada en el pasado o en el futuro (cf. Gili Gaya 1976: 53 ss.). Evidentemente, la aparición del verbo conjugado en subjuntivo no resulta suficiente para oponerlo frente a otros modos oracionales.

Ni en el Esbozo ni en Gili Gaya se hace referencia a la aparición de ciertas estructuras o ciertas palabras como ojalá, así, que que suelen encabezar la oración desiderativa. González Calvo sí que recoge estos elementos lingüísticos:

(26) Ojalá me toque la lotería.

¡Así revientes, desgraciado!

Que te sea leve.

(González Calvo 1993: 52)

Sin embargo, no incluye otras posibles estructuras, como la encabezada por si, con la restricción del tiempo verbal que ha de ser pretérito, siendo agramatical el presente de subjuntivo:

(27) ¡Si viniera Juan...!

A tenor de los ejemplos introducidos, se puede deducir que las oraciones desiderativas carecen de unos rasgos diferenciadores propios, a excepción de la presencia del elemento léxico ojalá, procedente del árabe wa-sa Alláh con el significado de "quiera Dios" (María Moliner 1990: 555). Frente a esta estructura neutra, la segunda oración en (26) con así es una estructura estereotipada marcada para la expresión de deseos negativos (López García 1996: 585), pero de ninguna manera la aparición de así se limita a oraciones desiderativas. Por otra parte, ya hemos visto al tratar las oraciones exhortativas que la estructura que + subj. sirve como expresión de orden, ruego o mandato. La oración desiderativa en (27) muestra una identidad estructural con una oración subordinada condicional, que también se introducen mediante si.

¿Qué es lo que podemos hallar en común en estas oraciones? Si se parte de la idea de que existe un operador modal que afecta a toda la estructura de la oración, podemos establecer una primera diferenciación con oraciones de estructura declarativa como (28):

(28) Deseo que te vaya bien

De hecho, González Calvo insiste en la vertiente comunicativa de esta oración, ya que para este autor con una oración como (28) el hablante transmite un deseo, y por lo tanto es una oración declarativa, frente al hecho de desear un deseo (cf. González Calvo). Tal y como lo vemos, se trata aquí de una fórmula performativa explícita, ya que coincide las condiciones necesarias: la primera persona, verbo conjugado en presente de indicativo, interlocutor en segunda persona y partícipe del acto comunicativo. Un cambio en algunos de estos componentes provocaría la desaparición de la expresión de deseo. Del mismo modo, mediante otras formulaciones como con el verbo querer se pueden expresar también deseos:

(29) [Contexto: una pareja de novios discuten acaloradamente sobre su relación]

B: (...)/ ESO QUIERO QUE HAGAS/ QUE ME DIGAS SI QUIERES SEGUIR O SI QUIERES CORTAR/ (...)

(Briz Gómez 95: 85)

El verbo querer expresa más bien una volición que un deseo. Son dos modalidades diferentes, que tienen un punto de intersección: que la realidad cambie adaptándose a lo dicho por el hablante, en el sentido de direction of fit postulado por Searle. Pero este elemento común se halla anclado en el nivel pragmático. La formulación del deseo mediante el verbo querer u otras expresiones semejantes como me gustaría que se halla integrado en el significado proposicional de la oración y no a través de un operador modal que afecta a la oración entera. En otros términos, un deseo enunciado mediante querer tiene naturaleza cognitiva, mientras que con fórmulas como ojalá queda marcado por un componente afectivo (cf. Rosengren 1992: 41).

Con ello no hemos resuelto la cuestión de la expresión de deseo. ¿Pertenecen las oraciones (26) a (27) a un modo desiderativo? Frente a las oraciones propiamente desiderativas con ojalá, las oraciones con así y que no expresan propiamente deseos en muchos casos:

(30) ¡que te den morcilla!

(López García 1996: 580)

(31) ¡así te parta un rayo!

Naturalmente no desea el hablante en (30) que a su interlocutor le den literalmente una morcilla, sino que significa rechazo hacia él, y tampoco creemos que em (31) el hablante le desee a su interlocutor literalmente que lo mate un rayo (aunque esta interpretación es también posible y no se puede descartar de antemano totalmente), sino que el hablante está maldiciéndolo como muestra de su enfado contra él. En todo caso se trata de unidades fraseológicas, cuyo grado de convencionalización es variable, lo que nos lleva a pensar que se trata de construcciones marcadas o especializadas, y que, por lo tanto, no se pueden interpretar en sentido estricto como oraciones desiderativas.

En cuanto a las estructuras con si + imperfecto de subj. como (27), es curioso que en otras lenguas como el alemán se pueda realizar con la estructura correspondiente, como la prótasis o parte subordinada de una oración condicional. Sin embargo, estas oraciones com valor desiderativo no se interpretan como subordinadas sino como oraciones gramaticalmente completas, lo cual implica que poseen fuerza ilocutiva propia (cf. Rosengren 1992: 38), con lo que tampoco se prestan a ser interpretadas como un caso de elipsis, ya que, por otro lado, no precisa un verbo matriz. De modo muy sucinto diremos que ambas estructuras, la condicional y la desiderativa, comparten el hecho de que el contenido proposicional que expresan es irreal, es un acontecimiento que no existen en la realidad; no es de extrañar que una estructura con esta propiedad sirva de expresión para un deseo.

También resulta sorprendente que las oraciones desiderativas aparezcan con los signos de exclamación, lo que nos lleva a preguntarnos dónde se encuentra la frontera entre ambos modos. Si observamos las expresiones con valor desiderativo, vemos que se pueden dividir bajo un criterio bipolar, el positivo, aquello que deseamos para bien, y el negativo, aquello que deseamos que no ocurra (no consideramos aquí las maldiciones como (31)), es decir, ± positivo. Este análisis permite a Rosengren concluir que las oraciones desiderativas se centran en la dimensión ±positivo, mientras que las oraciones exclamativas, como hemos visto, inciden en el grado o intensidad de la propiedad, aunque ambas se muevan dentro de un sistema de expresión de los sentimientos subjetivos del hablante (cf. Rosengren 1992: 44).

4.6 Oraciones dubitativas, de posibilidad

Un estatuto especial cobran las llamadas oraciones dubitativas y de posibilidad (Esbozo 1986: 358). Partiendo de la estructura de las oraciones enunciativas, y considerando como criterio el juicio del hablante con respecto a la realidad a la que se refiere, la diferencia entre las enunciativas y el tipo de oraciones que aquí nos ocupa reside en el valor de verdad: el hablante que formula una oración dubitativa expresa su falta de certeza situando su predicación en una escala de posibilidad, con lo que p ya no es falseable o verificable en el momento de la enunciación.

Si las oraciones dubitativas y de posibilidad comparten la misma estructura formal con las enunciativas, ¿cómo se configuran frente a éstas? La expresión de la falta de certeza se sirve de diversos medios gramaticales heterogéneos:

1) mediante el tiempo verbal futuro de indicativo para la probabilidad en el presente y el pasado inmediato: Pepe habrá llegado ya; para el pasado o el futuro, el condicional simple: Serían las tres. Más problemático es determinar si existe expresión de posibilidad y hasta qué grado en enunciados referidos al pasado: Nunca me lo habría figurado (Esbozo 1986: 358);

2) con verbos modales como poder, deber y la locución deber de. Sin embargo, estos verbos modales comprenden a su vez diversos tipos de modalidad, como muestra López García, en una oración como María puede venir, puede expresar cuatro matices diferentes como:

- Dinámico: María es capaz de venir

- Deóntico: María tiene permiso para venir

- Epistémico: El hablante cree que María vendrá

- Alético: Es lógicamente posible que María venga

(López García 1994: 64, cit. en Marcos Marín et al. 1998: 372)

3) adverbios de duda (acaso, quizá, tal vez). Acaso está cayendo en desuso en el español actual. A estos adverbios de duda puede seguir un verbo conjugado en subjuntivo o indicativo: mientras el subjuntivo "aumenta el sentido dubitativo de la oración", el indicativo atenúa la duda y "se acerca a la afirmación o a la negación" (Esbozo 1986: 359).

Acerca de estos adverbios oracionales cabe plantearse cuál es su papel y relación respecto a los modos oracionales. Al respecto, Brandt/Reis/Rosengren/Zimmermann (1992: 66 ss.), distinguen, según la función semántica, entre:

1) los operadores fácticos (verdaderamente, de hecho, realmente, ciertamente);

2) los operadores modales, M y N, que expresan posibilidad y necesidad respectivamente (quizás, necesariamente, probablemente);

3) los operadores epistémico-doxásticos (supuestamente, aparentemente, sin duda);

4) los operadores evaluativos (desgraciadamente, lamentablemente, afortunadamente)

Estos adverbios extienden su ámbito semántico sobre el resto de la oración, por lo que son considerados también como operadores, pero se hallan al mismo tiempo bajo el operador del modo oracional correspondiente. De este modo, y de acuerdo con la representación de una oración enunciativa, quedaría una oración con un operador modal M como quizás formalizada de la siguiente manera:

$e [M [e INST p]]

La consecuencia práctica es un cambio en el significado de la oración, puesto que una oración declarativa con un operador modal no puede ser al mismo tiempo una afirmación y una suposición, desde un punto de vista ilocutivo. La proposición p carece de facticidad al hallarse bajo el ámbito de M, a diferencia de otros operadores como los evaluativos. De hecho, si comparamos

(32) Quizás ha venido Juan

(33) Desgraciadamente ha venido Juan

se puede deducir que (32) no se sabe si p corresponde a los hechos, pero en (33) sí que se afirma la ocurrencia de p.

Este hecho lleva a plantearnos si el valor de verdad en relación con la facticidad de la proposición es criterio suficiente para defender la existencia de un nuevo modo oracional. Se podría decir que sí, si lo comparamos con el operador OFFEN (ver 4.2) de las interrogativas. Sin embargo, este operador de modo oracional se sitúa por delante del cuantificador existencial $, mientras que el operador M se sitúa en su ámbito. Esto es una discusión sin duda interesante y problemática que no puede tratarse aquí en profundidad.


 

5 Recapitulación y conclusiones

A lo largo del presente artículo se ha trazado un recorrido por la tradición lingüística y gramatical española en busca de clasificaciones de oraciones atendiendo al modus, para describir posteriormente cada uno de los modos oracionales encontrados. Se ha llevado a cabo una revisión crítica de todos los modos comenzando por los rasgos formales, siguiendo con la estructura semántica y su representación lógico-formal, que incluye la postura del hablante, para concluir en el nivel pragmático con las posibles ilocuciones. Debido a que la correspondencia entre forma-función-ilocución es múltiple, se ha intentado hallar rasgos formales que delimiten un modo oracional de otro en la lengua española. Los dos rasgos principales que sirven de criterio diferenciador son los rasgos suprasegmentales (entonación ascendente/descendente y acento exclamativo), y la morfología verbal (modo verbal), marcado sobre todo por el imperativo, pero también juega un papel fundamental la oposición indicativo/subjuntivo. La presencia de ciertas estructuras introducidas por ciertos lexemas (palabras interrogativas, exclamativas) o palabras con un cierto grado de gramaticalización (qué, ojalá) sirven para describir modos oracionales secundarios (en contraposición a los universales enunciativo, interrogativo y exhortativo). Estos rasgos concurren con otros como ciertos elementos léxicos y el contenido proposicional. El cotexto y el contexto también juega un papel a la hora de determinar la función e ilocución de un enunciado.

Gracias a la concepción modular observamos la autonomía del nivel sintáctico, semántico y pragmático, al mismo tiempo que se establezcan correlaciones entre ellos. Los diversos modos, o según su estructura tipos oracionales, tienen como función básica vehicular un significado semántico básico, que en español se identifica con la actitud del hablante, postura que no comparten otros lingüístas.

Los modos oracionales en español quedan caracterizados brevemente como sigue:

ï La oración declarativa es un modo oracional neutro en el que cabe realizar todas las demás funciones, aunque su valor no marcado es el de predicar haciendo referencia a un hecho posible en el mundo, por lo que se puede interpretar como una aserción. Sin embargo, otros rasgos formales que pueden aparecer (ciertos componentes léxicos, p.ej. adverbios oracionales) pueden modificar la actitud del hablante; en este caso nos hallamos ante un caso marcado. En cuanto a su valor pragmático, el modo enunciativo permite, por su carácter neutro, la realización de una amplia gama de ilocuciones.

ï El modo oracional interrogativo se caracteriza por su actitud común, puesto que no hallamos rasgos formales comunes a toda interrogación: su estructura abierta, ya que en todos los casos el interlocutor, aun en el de las preguntas retóricas, puede optar por responder o replicar, y por lo tanto, a cerrar la estructura. El prototipo de auténtica pregunta informativa, en sus dos variantes básicas, la oración interrogativa total y la parcial, es una petición de información por parte del hablante; a medida que nos vamos alejando de este prototipo podemos distinguir otras subclases de oraciones interrogativas, e incluso observar cómo se aproxima al modo imperativo cuando aparece con ciertas marcas.

ï El modo oracional exhortativo se caracteriza por la presencia de un verbo en modo imperativo de 2ª persona,a tanto singular como plural. Normalmente se dirige el hablante al interlocutor para que éste realice una acción, con ilocuciones que varían desde la sugerencia o el permiso hasta la petición y la orden.

ï El modo oracional exclamativo es problemático porque para todos los tipos oracionales se puede observar una actitud exclamativa. Sin embargo, hemos visto en español la existencia de una estructura prototípica especializada para el modo exclamativo. La actitud del hablante es básicamente expresiva, llamando la atención sobre la intensidad de una cualidad atribuida a un objeto como fuera de la norma.

ï El modo oracional desiderativo también se incluye dentro de los expresivos. Sin embargo, la actitud optativa del hablante se puede manifestar mediante diversas estructuras.

ï Más problemático resulta aún la existencia de un modo oracional de duda o posibilidad. Formalmente como oraciones enunciativas, la única marca es la presencia de un adverbio oracional, a veces apoyado por el verbo en subjuntivo, cuyo significado modifica el valor de verdad de la proposición, lo cual ha motivado su análisis como modo oracional independiente.

Este repaso pretende vislumbrar horizontes nuevos a la hora de abordar el estudio de los modos oracionales en español. Debido a los límites marcados no se pueden tratar todos estos puntos con más detenimiento. Éstas son algunas de las cuestiones acerca de los modos oracionales que quedan aún abiertas:

ï la necesidad de establecer los rasgos mínimos definitorios para deferenciar los modos oracionales, así como su jerarquía dentro del sistema modal aplicado a la oración, así como un estudio empírico basado en el análisis de un corpus de textos auténticos orales y escritos;

ï al mismo tiempo cabe estudiar los puntos en común en los diferentes niveles descritos y poner de relieve los puntos de intersección entre los diversos modos;

ï la propuesta de un sistema que sea capaz de determinar y describir los modos oracionales existentes atendiendo a su estructura formal y función; cuáles de ellos poseen una estructura propia y cuáles son derivados, qué rasgos formales son inherentes y qué otros rasgos subrayan la función en el nivel semántico y el pragmático;

ï la aplicación de un sistema ilocutivo que explique qué ilocuciones pueden realizarse con cada tipo/modo oracional y cómo se establecen las relaciones entre los niveles formales y funcionales.

Con este artículo se ha pretendido hacer una contribución al estudio de los modos oracionales en español desde otras perspectivas, para lo que la aproximación contrastiva desde otras tradiciones lingüísticas podría resultar muy útil.

AnotaciĆ³n


(1) Este trabajo se enmarca dentro del grupo de investigación Mod.al.es (Modalidad contrastiva alemán-español) de la Universitat de València.

(2) Sobre la problemática del contexto neutro o cero (Nullkontext) con respecto a los modos oracionales, cf. Hentschel (1998: 177).

(3) Para el español, cf. Alonso/Henríquez Ureña (1971); para el alemán, cf. Rosengren (1992).

(4) El símbolo 'Ø' significa 'entonación descendente'; el número es la altura tonal al final del enunciado. En el original, el ejemplo aparece en negrita.

(5) Las preguntas eco son una serie de estructuras sintácticas interrogativas que repiten una parte o la totalidad de un enunciado previo. Para más detalle, cf. Dumitrescu (1993); Peretti (1993).

(6) Para las diferentes denominaciones del operador interrogativo, cf. Ferrer Mora 1999: 127 ss.

(7) La explicación propuesta por Rosengren (1992) se halla dentro del marco de la Teoría de Rección y Ligamento (Government and Binding).

(8) Otro fenómeno relacionado con la exclamación son las interjecciones, que por su complejidad, no se discutirá en el presente artículo, ya que sobrepasaría los límites temáticos trazados.


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